El diputado provincial Juan José Bahillo presentará este viernes 17 de enero un proyecto de ley que busca establecer un régimen de beneficios fiscales progresivos para el sector productivo agropecuario de Entre Ríos
Redacción EL ARGENTINO
La iniciativa, impulsada por el diputado provincial Juan José Bahillo (Partido Justicialista), en respuesta a las dificultades económicas actuales, contempla la suspensión de apremios fiscales, el diferimiento del pago de Ingresos Brutos y exenciones impositivas, con especial atención a los pequeños y medianos productores.
"El sector agropecuario es un pilar fundamental de nuestra economía provincial, y hoy enfrenta una combinación de factores adversos que ponen en riesgo su sostenibilidad", declaró Bahillo. "Los precios internacionales fluctuantes, la fijación del tipo de cambio, las retenciones a las exportaciones y la reciente sequía han generado una situación crítica, especialmente para los productores de menor escala". Bahillo destacó que el objetivo del proyecto es brindar un alivio fiscal que permita a los productores sostener y potenciar sus actividades, contribuyendo así a la sostenibilidad del sector agropecuario a largo plazo. "Es un esfuerzo necesario para proteger a quienes trabajan la tierra y generan riqueza en nuestra provincia", afirmó el legislador.
El proyecto de ley, fundamentado en el principio de capacidad contributiva, propone las siguientes medidas:
- Suspensión por 180 días de apremios fiscales e intimaciones administrativas por deudas tributarias provinciales.
- Diferimiento del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los anticipos de enero a julio de 2025 hasta el 15 de septiembre del mismo año, con posibilidad de cancelación en un plan de pagos de 6 cuotas sin interés.
- Exenciones impositivas progresivas para el período fiscal 2025, según la cantidad de hectáreas afectadas a la actividad:
- Impuesto Inmobiliario: 70% (1 a 300 ha), 50% (301 a 600 ha), 25% (601 a 1000 ha). Aplica a inmuebles en plantas 4, 5, 6 y 7, afectados integralmente a la producción, con titulares o con vinculación económica-productiva demostrada y inscriptos en Ingresos Brutos antes del 01/01/2025.
- Impuesto de Sellos: 50% (1 a 300 ha), 25% (301 a 600 ha). Aplica a actos, contratos y operaciones de compraventa y servicios directamente vinculados a la actividad agropecuaria, excluyendo operaciones inmobiliarias. El contribuyente debe estar inscripto en Ingresos Brutos antes del 01/01/2025 y acreditar titularidad o vinculación con el inmueble productivo.
- Impuesto Automotor: 100% (1 a 3 vehículos) para productores con 1 a 300 ha; 75% (hasta 5 vehículos) para productores con más de 300 ha. Aplica a vehículos utilitarios, camionetas, pick-ups, furgones, camiones, acoplados y semirremolques, propiedad del productor, adquiridos antes del 01/01/2025 y afectados a la actividad. El titular debe estar inscripto en Ingresos Brutos antes del 01/01/2025 y acreditar titularidad o vinculación con el inmueble productivo.
Para acceder a los beneficios, los productores deben estar registrados y demostrar su actividad agropecuaria. Quedan excluidos quienes sean considerados grandes contribuyentes (no MiPyMe) por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo. La cantidad de hectáreas se calculará según las Plantas 4, 5, 6 y 7, considerando la propiedad o la vinculación económica-productiva.