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Régimen Especial de Regularización de ATER

Desde hoy se pone en vigencia un Régimen Especial de Regularización de obligaciones fiscales, mediante decreto 296/16 del Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas.

Lunes, 14 de Marzo de 2016, 14:18

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La medida incluye todos los impuestos que tengan deuda devengados hasta 31 de diciembre de 2015, los que se encuentren en apremio o en gestión administrativa; y también la refinanciación de planes (caducos o no).

Tendrá una vigencia de 60 días y los detalles operativos y reglamentarios para su implementación serán precisados en los próximos días.

• Principales aspectos:

Vigencia: 14 de marzo al 13 de mayo

Deudas incluidas: Todos los impuestos por deuda períodos devengados hasta 31/12/15.

En apremio o en gestión administrativa.

Incluye refinanciación de planes (caducos o no).

No agentes de Retención o percepción.

Condiciones para acogerse:

Incluir toda la deuda por cada impuesto que se quiera regularizar (todos los imponibles y todos los períodos adeudados).

Débito automático obligatorio como regla general.

Importe de cuota no podrá ser menor a 200 pesos.

Solicitud de turnos vía web: www.ater.gob.ar