
Desde hoy se pone en vigencia un Régimen Especial de Regularización de obligaciones fiscales, mediante decreto 296/16 del Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas.
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La medida incluye todos los impuestos que tengan deuda devengados hasta 31 de diciembre de 2015, los que se encuentren en apremio o en gestión administrativa; y también la refinanciación de planes (caducos o no).
Tendrá una vigencia de 60 días y los detalles operativos y reglamentarios para su implementación serán precisados en los próximos días.
• Principales aspectos:
Vigencia: 14 de marzo al 13 de mayo
Deudas incluidas: Todos los impuestos por deuda períodos devengados hasta 31/12/15.
En apremio o en gestión administrativa.
Incluye refinanciación de planes (caducos o no).
No agentes de Retención o percepción.
Condiciones para acogerse:
Incluir toda la deuda por cada impuesto que se quiera regularizar (todos los imponibles y todos los períodos adeudados).
Débito automático obligatorio como regla general.
Importe de cuota no podrá ser menor a 200 pesos.
Solicitud de turnos vía web: www.ater.gob.ar
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