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Por abuso sexual calificado un hombre fue condenado a 13 años de prisión efectiva

La sentencia la dictó el Tribunal de Juicios y Apelaciones de nuestra ciudad. La víctima fue una niña que cuando comenzaron los abusos tenía 9 años.

Miércoles, 5 de Noviembre de 2014, 1:19

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El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú e islas del Ibicuy dio a conocer la sentencia en un caso de abuso sexual calificado, condenando al imputado a la pena de 13 años de prisión efectiva.

A la condena (que no se encuentra firme) arribó el Tribunal integrado por los doctores Eduardo García Jurado –como Presidente-, Alicia Cristina Vivian y Mariano López –como Vocales-, luego del juicio desarrollado el mes pasado contra Cristian Sebastián Beja Nieto, imputado de hechos sucedidos entre el año 2009 y agosto de 2013, cuando se produjo la denuncia por hechos cometidos en esta ciudad por el individuo, y de los que resultó víctima una niña familiar del mismo, que al momento de la denuncia contaba con 13 años de edad.

Al darse lectura a la sentencia por los gravísimos hechos que comenzaron a ser cometidos cuando la niña contaba 9 años de edad, se conoció la parte resolutiva a la que arribaron los jueces, quienes dispusieron condenar a Cristian Sebastián Beja Nieto por haberlo encontrado autor material y penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual calificado por ser gravemente ultrajante para la víctima, que concurren materialmente con los delitos de Abuso sexual con acceso carnal reiterados, todos doblemente calificados por haberse cometido por un ascendiente y en perjuicio de una menor de dieciocho años de edad”.

Por todo, el imputado fue condenado a la pena de trece años de prisión de cumplimiento efectivo con más las accesorias legales (arts. 5, 9, 12, 45, 119 segundo, tercero y cuarto párrafo, apartados "d" y "f" del Código Penal y arts. 453, 583 conc. del C.P.P.).

Una vez firme el fallo, el condenado Beja Nieto deberá presentarse en la Jefatura de Policía Departamental de nuestra ciudad “a fin de dar cumplimiento a la condena impuesta, bajo apercibimiento de ordenarse su captura si no lo hiciere”.

También el fallo dispone “hacer saber al condenado que hasta tanto adquiera firmeza el presente fallo, no podrá tener cualquier tipo de acercamiento y/o contacto con la menor”.

“ Proceda la Actuaria, oportunamente, a confeccionar el cómputo de pena que deberá cumplir el condenado y firme el mismo, póngase a disposición del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad, trasladándolo a la Unidad Penal Nº 2 de esta ciudad.- ...", dice otro de los puntos del fallo al que arribó el Tribunal de Juicios y Apelaciones.

Cabe señalar que la causa arribó al Tribunal el 14 de agosto del año en curso, actuando el agente fiscal Nº 3, doctor Martín Gil, siendo defendido el acusado Beja Nieto por el doctor Víctor Rebossio, y como representante del Ministerio Público Pupilar, el doctor Ricardo Golly.

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