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OPINIÓN

Glaciares, la ley que no debía tocarse

La reciente reforma de la Ley de Glaciares N° 26.639 ha generado una profunda preocupación y malestar en distintos sectores sociales, ambientales y académicos.

Sábado, 11 de Abril de 2026, 9:40

Redacción EL ARGENTINO

Adriana Defazy (*)

 

El proceso legislativo que dio lugar a esta modificación estuvo marcado por el impedimento a que 100 personas puedan participar del debate y por la ausencia de fundamentos claros en los que la votaron a favor.

 

Lo que comenzó como una indignación provincial al sur de nuestro país, rápidamente se transformó en una causa nacional que hoy moviliza a miles de personas y organizaciones en defensa del agua y del ambiente.

 

La reforma expuso una grieta entre la ciudadanía y sus representantes. Más de 1600 personas se habían inscripto para participar en la audiencia pública, pero la gran mayoría no fue escuchada. Este incumplimiento vulneró directamente la Ley de Escazú, que garantiza la participación ciudadana en asuntos ambientales. En Entre Ríos, mientras se debatía en el Congreso, hubo localidades que se manifestaron en contra de la reforma, fue el caso de Gualeguaychú, Concepción del Uruguay, Colón, Concordia y Paraná.

 

 

 

En La Pampa la respuesta fue clara: el Gobernador junto a la Universidad Nacional de la provincia, la Fundación Chadileuvú y la Asamblea por los Ríos Pampeanos presentaron un amparo colectivo ambiental contra la reforma. La acción judicial busca declarar la inconstitucionalidad y nulidad absoluta de la ley, argumentando que vulnera derechos consagrados en la Constitución Nacional, como el derecho a un ambiente sano y al acceso al agua (artículo 41). Amparo al que, hasta el día de hoy, adhirieron 600.000 firmas para rechazar la modificación de la Ley.

 

Aunque La Pampa no posee glaciares, depende del río Colorado, de origen glaciar, que abastece al 45% de la población. El reclamo pampeano se sostiene en principios jurídicos sólidos: la no regresión ambiental, reconocida en el Acuerdo de Escazú, establece que, una vez alcanzado un umbral de protección ambiental, cualquier retroceso requiere una justificación estricta. La reforma, al reducir el alcance de la protección de glaciares y fragmentar la tutela, constituye un retroceso normativo verificable. Por eso, el amparo pide la suspensión inmediata de la aplicación de la ley hasta que se resuelva su constitucionalidad.

 

 

El derecho constitucional a defender el ambiente fue vulnerado con la represión en Mendoza, donde ocho personas fueron detenidas por defender pacíficamente el ambiente, entre ellas la docente jubilada Mabel Miatello, muestra que la discusión trasciende lo jurídico y se instala en el terreno de los Derechos Humanos. El artículo 43 de la Constitución Nacional habilita la acción de amparo para proteger el ambiente, y el artículo 75 inciso 22 otorga jerarquía superior a tratados internacionales como el Acuerdo de Escazú. La reforma, al vulnerar estos principios, no solo es inconstitucional, sino también inconvencional.

 

Organizaciones como FARN, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y Greenpeace convocan a la ciudadanía a sumarse a la demanda colectiva más grande de la historia en defensa del agua. La consigna es clara: “La Ley de Glaciares no se toca, el agua vale más que todo”. La firma en la web www.demandacolectivaglaciares.org no genera obligaciones legales, pero sí construye una fuerza social imposible de desestimar.

 

 

Esta reforma no es un hecho aislado: representa un retroceso en la protección de bienes comunes estratégicos como el agua y pone en evidencia la tensión entre intereses económicos y derechos colectivos.

 

Desde Entre Ríos hasta La Pampa, pasando por Mendoza y otras provincias, la ciudadanía se organiza para defender lo que la política parece haber olvidado: el agua es un derecho humano y un patrimonio de las generaciones futuras.

 

La columna vertebral de este reclamo es la legitimidad social y jurídica. Como sostiene el principio precautorio, ante la duda debe prevalecer la protección del ambiente. Y como recuerda el principio in dubio pro aqua, el agua debe ser prioritaria frente a cualquier otro interés. La reforma viola estos principios y, por lo tanto, debe ser revertida. La defensa del agua no admite grietas ni colores partidarios: es una causa común que interpela a toda la sociedad argentina.

 

 

(*) Comunicadora popular y miembro de la Campaña plurinacional en defensa del agua para la vida

Temas:

Derechos Glaciares Reforma Ley
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