El fallo del juez subrogante de Gualeguaychú, Tobías Podestá, de dictar el sobreseimiento del médico cirujano Carlos Nemec, por la prescripción de la condena, generó una fuerte polémica puertas adentro de los Tribunales de calle Sáenz Peña. Ahora, el fiscal Beherán apeló y define Casación.
Redacción EL ARGENTINO
El médico cirujano Carlos Nemec arrastra desde 2016 un conflicto judicial que ha tenido diferentes interpretaciones por los magistrados que han intervenido en la causa. Desde su condena en Gualeguaychú, por el delito de homicidio culposo por mala praxis, que le costó la vida a la joven contadora Andrea Schlotthauer en el Centro Médico San Lucas, la sentencia ha pasado por tantas manos que hasta el día de hoy no se encuentra firme y por lo tanto nunca se cumplió con el dictamen.
Pero cuando todo parecía que la discusión se iba a terminar. Luego que el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos fue en contra de una revisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y bajó a la Justicia de Gualeguaychú la orden para el cumplimiento de la pena mientras la parte condenada acudía en queja nuevamente al máximo órgano de justicia del país, apareció el ex juez de Garantías, Tobías Podestá, que subroga un lugar dentro del Tribunal de Juicios de Gualeguaychú, y dictó el sobreseimiento de Nemec porque consideró que estaba extinguida la acción penal.
Es decir, como Nemec fue condenado a un año de prisión condicional y a cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina, la interpretación de Podestá es que el tiempo que transcurrió desde el momento de la condena en 2016 es superior al plazo por el que fue condenado.
Pero como las leyes son interpretadas según quién y cómo las lee, la parte acusatoria entiende que el plazo para que una condena por homicidio culposo sea prescripta, el tiempo de prescripción se debe empezar a contabilizar a partir de la última apelación, porque de ser como indica el juez Podestá nadie cumpliría jamás una condena si tuviera los recursos económicos para recurrir a todas las instancias judiciales que aletargarían la discusión.
Es extraño y casi nunca sucedió que el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos vaya en contra de lo que dispuso la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en esta última oportunidad había fallado a favor de Nemec. Podestá, por su parte, con este último fallo, fue en contra de lo que dispusieron 9 jueces superiores a él: dos Salas del Superior tribunal de Justicia de Entre Ríos y una Cámara de Casación, que ratificaron la condena.
Ahora, con la apelación del Coordinador del Ministerio Público fiscal de Gualeguaychú, Lisandro Beherán, se abre una nueva instancia de discusión judicial que deberá definir la Cámara de Casación de Concordia.
En su alegato, resumidamente, Beherán requirió que se anule el dictamen de Podestá, que sea apartado de la causa y se dicte un nuevo fallo en torno al cumplimiento de la condena a Nemec, con la intervención de un nuevo magistrado.
Beherán fue muy crítico en su exposición: Podestá “no ha actuado con la equidistancia debida a su rol en el proceso, inmiscuyéndose injustificadamente en el rol de las partes”. Incluso enfatizó en que “el Juzgador, de manera francamente violatoria de los principios rectores del sistema acusatorio, decidió correr vista a las partes para que decidan sobre si se encontraba vigente la acción penal, inmiscuyéndose directamente en la forma de ejercicio y prosecución de la acción penal, contrariando abiertamente parámetros claros establecidos por el sistema de enjuiciamiento criminal provincial”.
El Fiscal también expuso que “si bien la pena de prisión es la pena de naturaleza más grave, por su entidad que la de inhabilitación, ello no implica que el transcurso del tiempo de la misma (5 años) haya extinguido la acción del delito en la presente causa, pues la misma aún sobrevive”. “Aún no han transcurrido ni los 5 años, ni mucho menos los 10 años de la pena de inhabilitación”, argumentó a la espera del fallo de Casación, que deberá resolver si confirma el sobreseimiento o revoca el dictamen de Podestá.