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Alberto Fernández tiene dudas jurídicas y políticas para dictar un indulto a favor de Cristina Kirchner

El Presidente considera que es cuestionable beneficiar a la Vicepresidenta con esa restringida facultad constitucional, pese a la presión mediática y reservada que ejerce el kirchnerismo sobre la Casa Rosada.

Jueves, 25 de Agosto de 2022, 2:58
“Descreo de los indultos. Son una rémora de las monarquías. Los presidentes no están para perdonar a nadie”, enseña el mandatario a sus alumnos.
“Descreo de los indultos. Son una rémora de las monarquías. Los presidentes no están para perdonar a nadie”, enseña el mandatario a sus alumnos.

Redacción EL ARGENTINO

Alberto Fernández mantiene sus diferencias personales e ideológicas con Cristina Kirchner, pero se aferra a su guión institucional y hará todos los gestos políticos posibles para acompañar a la Vicepresidenta mientras continúe el trámite procesal de la causa Vialidad.

El jefe de Estado habló tres veces con CFK en las últimas 48 horas y no se descarta un cónclave en Olivos antes de que el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 dicte sentencia tras valorar la evidencia aportada por los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.

En este contexto, Alberto Fernández ratificó una decisión personal que ya fue informada en el despacho más poderoso de la Cámara alta: el jefe de Estado cree que es casi imposible dictar un indulto a favor de CFK en la Causa Vialidad y alega razones constitucionales y políticas.

Alberto Fernández se apoya en el artículo 36 de la Constitución Nacional para prácticamente descartar el indulto a la ex presidenta. Ese artículo -clave en la reforma de 1994- fue avalado por la actual titular del Senado cuando era convencional constituyente en representación de Santa Cruz.

El artículo 36 sostiene que los “actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático” y “quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento ilícito” estarán “excluidos de los beneficios del indulto”.

La premisa constitucional es fácil de entender y encierra un principio ético novedoso para la época: iguala un golpe de Estado con un hecho grave de corrupción pública.

Los constituyentes del 94 establecieron que un avance contra la estabilidad democrática es un acto criminal de similar envergadura a las acciones delictivas consumadas por un presidente cuando autoriza en forma ilícita contratos de obra pública.

La facultad presidencial a dictar indultos está previsto en el artículo 95 (inciso 5) de la Constitución Nacional. Esa facultad no aplica en casos de golpes de estado o causas de corrupción y tampoco funciona cuando el expediente judicial no tiene sentencia firme.

Entonces, Alberto Fernández también tiene una limitación legal que no podría quebrar: la causa Vialidad será apelada a la Cámara de Casación y a la Corte Suprema, y el Presidente -al margen del artículo 36 de la Constitución- debería esperar un fallo definitivo.

El mandato del jefe de Estado vence el 9 de diciembre de 2023 y es muy difícil que la Corte se expida antes de esa fecha institucional.

A los argumentos legales de Alberto Fernández se le debe añadir una mirada política, acorde a lo explicado en Gobierno. Si hay indulto presidencial, CFK aparecería como una criminal que pidió un favor a Balcarce 50. Y eso complicaría su eventual campaña electoral.

El indulto borra la pena, pero la conducta criminal imputada queda asentada en los anales de la justicia argentina.

Alberto Fernández ayer fue a la Facultad de Derecho. Dio Teoría del Delito, un programa que conoce de memoria. El Presidente se distiende frente a sus alumnos de Abogacía y no quiere pasar allí un sólo momento de zozobra académica por una decisión política de esta índole.

“Descreo de los indultos. Son una rémora de las monarquías. Los presidentes no están para perdonar a nadie”, enseña el mandatario a sus alumnos.

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