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Calendario impositivo 2026: ATER definió las fechas de vencimiento para todos los tributos provinciales

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) publicó la Resolución Nº 564/25, mediante la cual establece el cronograma de pagos para Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotor y Profesiones Liberales.

Viernes, 2 de Enero de 2026, 9:49

Redacción EL ARGENTINO

La norma determina los plazos para el cumplimiento de las obligaciones vinculadas a Ingresos Brutos, el Impuesto al Ejercicio de Profesiones Liberales, Inmobiliario, Automotor y otros regímenes especiales, y rige para todo el período fiscal 2026.

 

En el caso del Régimen General de Ingresos Brutos y del Impuesto al Ejercicio de Profesiones Liberales, se mantiene el esquema de vencimientos mensuales según la terminación del CUIT. Los pagos deberán efectuarse entre los días 18 y 22 de cada mes. Para los contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado, la resolución establece que el cumplimiento de la obligación mensual se realizará conforme al calendario que fija ARCA para el Monotributo.

 

Para los impuestos patrimoniales, ATER dispuso un esquema que contempla tanto el pago anual con descuento como el abono en cuotas. En el Impuesto Inmobiliario Urbano, el vencimiento del Pago Único y de la primera cuota fue fijado para los días 18 y 19 de febrero de 2026, según el dígito verificador. En cuanto al Impuesto a los Automotores, la primera cuota o el pago total deberá abonarse los días 16 y 17 de marzo de 2026. La resolución aclara que, una vez vencida la opción de Pago Único, no podrá utilizarse esa modalidad y deberán abonarse las cuotas en los plazos previstos.

 

El calendario para el Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural se concentra en el segundo trimestre del año. La norma establece que el tributo podrá pagarse en un solo desembolso o en cuatro cuotas, con la primera fecha de vencimiento prevista para los días 14 y 15 de mayo de 2026.

 

La resolución también regula los plazos para los agentes de recaudación. En el caso del sistema Sirtac, correspondiente a tarjetas de crédito y compra, se ratificó que la presentación y el pago se realizarán de manera quincenal, de acuerdo con las fechas que determine la Comisión Arbitral.

 

Finalmente, ATER recordó que cuando alguno de los vencimientos coincida con un día inhábil, el pago podrá efectuarse el día hábil inmediato siguiente, a fin de garantizar el normal cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes entrerrianos.

Temas:

ATER Vencimientos Cronograma
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