La Cámara en lo Contencioso Administrativo N°1 hizo lugar parcialmente al pedido del Estado provincial y suspendió la aplicación de una resolución nacional que prohibía incluir tasas municipales en las boletas eléctricas.
Redacción EL ARGENTINO
Un fallo judicial de la Cámara en lo Contencioso Administrativo N°1 de Paraná favoreció al Estado provincial, a ENERSA y a las cooperativas eléctricas entrerrianas, al ordenar que la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo (DNDCyAC) se abstenga de sancionar o iniciar sumarios por la inclusión de tasas municipales y contribuciones únicas en las facturas del servicio eléctrico.
La resolución responde a una medida cautelar promovida por el gobierno entrerriano, luego de que la Nación dispusiera suspender el cobro de esas tasas en todo el país. La decisión judicial implica que las distribuidoras podrán continuar cobrando los conceptos de alumbrado público y contribuciones municipales junto al consumo eléctrico, al menos hasta que haya una sentencia definitiva.
El caso está caratulado como “Estado Provincial c/ Secretaría de Industria y Comercio de la Nación s/ incidente de suspensión de la ejecución de decisión administrativa” (Expte. N° 2401). En su fallo, el tribunal entendió que la cuestión pertenece al ámbito de competencia provincial, ya que se trata de materia de derecho consumeril y civil aplicable dentro del territorio entrerriano.
Los jueces recordaron que la DNDCyAC había iniciado procedimientos contra ENERSA y cooperativas por supuestos incumplimientos a la Resolución Nacional N°267/24, intimando a que dejaran de facturar las tasas bajo apercibimiento de denunciar penalmente a sus directivos.
En su argumentación, el tribunal sostuvo que la Provincia de Entre Ríos posee competencia propia para instruir y sancionar infracciones a la ley de defensa del consumidor cometidas dentro de su jurisdicción, y que el organismo nacional puede formular denuncias ante la autoridad provincial, pero no imponer sanciones directas.
La causa fue remitida además a la Cámara en lo Contencioso Administrativo N°2 de Concepción del Uruguay, donde tramita una acción colectiva presentada por el Centro de Orientación, Defensa y Educación al Consumidor (CODEC), que aborda el mismo tema.
El fallo significa, en los hechos, un respaldo a la potestad provincial para regular la facturación conjunta de tasas municipales con el servicio eléctrico, y un freno a la intervención nacional en materia de consumo dentro del territorio entrerriano.