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Condena histórica a un jinete: “No está en la naturaleza del caballo que lo aten o le peguen”

La Justicia de Gualeguay homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a la pena de dos meses de prisión de cumplimiento condicional al jinete considerado responsable del delito de actos de crueldad contra los animales. La proteccionista de Gualeguaychú Coqui Carbó se expresó al respecto.

Martes, 18 de Marzo de 2025, 19:52

Por Mónica Farabello

Las jineteadas y el maltrato animal están siempre en la mesa de debate. Las voces que se escuchan son bien antagónicas: desde la argumentación basada en “la tradición”, hasta el proteccionismo animal que rechaza de plano este tipo de eventos.

 

Ahora, el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, Dardo Oscar Tórtul, homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a la pena de dos meses de prisión de cumplimiento condicional a Ricardo Ismael Torrilla, al ser considerado “el autor material y responsable del delito de actos de crueldad contra los animales”. Esto está tipificado como infracción al artículo 3 inciso 7 de la Ley 14346 de maltrato y crueldad animal.

El condenado había sido acusado de castigar con un rebenque a un caballo, en el marco de una jinetada que se realizó en Gualeguay el 18 de diciembre de 2022, en las instalaciones del Club Yaguarí. El hecho fue denunciado por la Asociación Civil Ecoguay y el pasado viernes se alcanzó el acuerdo por el que Torrilla admitió su culpabilidad.

Maltrato y crueldad animal.

 

 

EL ARGENTINO conversó con la proteccionista de la ciudad Coqui Carbó, quien además es una de las referentes de la Asociación Patitas.

Ella aseguró que el artículo 3 inciso 7 que se cita en la condena “dice entre otras cosas: sufrimientos innecesarios. El artículo 8 utiliza los términos ‘hiera u hostilice’. Estos dos artículos de la ley Nacional de maltrato y crueldad animal (Nº 14.346) nos indica claramente que las Jineteadas están prohibidas”.

 

Carbó explicó que “cuando el jinete monta al animal con la intención de hostilizarlo, está incumpliendo el artículo 8. No está en la naturaleza del caballo que lo aten a un palenque cubriéndole la vista y que a fuerza de latigazos y pinchazos -a través de las espuelas clavadas en su abdomen- logre pararse en dos patas casi en un ángulo de 90 grados; y que de no lograr el equilibrio correspondiente se desnuque y obviamente encuentre la muerte”.

 

Agregó que las jineteadas es el mejor ejemplo a la vista que se tiene de maltrato y crueldad animal. “Gualeguaychú no fue, ni es la excepción a estas prácticas.

 

 

La aprobación de la ordenanza por el gobierno anterior (15 días antes que terminaran el mandato) es un claro ejemplo que este tema quedó en una disputa política; estuvimos años luchando y argumentando dónde estaba el maltrato; nos sometieron a una consulta popular -pese a nuestra negativa, porque no se puede hacer una consulta popular sobre un tema que está prohibido por ley- y asimismo, los ciudadanos de Gualeguaychú votaron a favor de la prohibición”.

 

Finalmente, la reconocida proteccionista de la ciudad, opinó que todo lo trabajado “no sirvió de nada; no alcanzó. Era lógico que de ganar Davico la intendencia, la ordenanza iba a ser derogada inmediatamente como ocurrió. Tenemos sentada en la banca a una de las mayores militante que hace honor a esta práctica”, dijo en referencia a la concejal Majo Carro y agregó: “Esta concejal hace unos meses le rindió homenaje a una persona en el Concejo Deliberante destacándolo por su aporte a la cultura. ¿Cuál fue el aporte? Si era un organizador de jineteada. Esto nos muestra cuál es el camino y pensamiento del actual gobierno municipal, que no es muy distinto al anterior”.

Para concluir, dijo que este fallo “es trascendental; nos demuestra que el animal va camino a la liberación del hombre; recuperando no solo su libertad sino también su dignidad. Este fallo considera al animal un ser sintiente, sensible y sujeto de derecho”.

Temas:

Gualeguaychú Maltrato Animal Patitas
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