Redacción EL ARGENTINO
Por Nahuel Maciel
EL ARGENTINO
Si alguien pensó que requerir los servicios de la Justicia en la provincia de Entre Ríos era recibir una respuesta acorde al conflicto advertido, y que ese servicio se iba a brindar tratando a todos por igual; pues se llevará una desoladora desilusión. En la Justicia entrerriana cuando lo que predomina es el señor dinero, los tiempos no tienen plazos y hay “unos que son más iguales que otros”.
Para darles impunidad a los poderosos, que mejor que los jueces entrerrianos (con sus poquísimas excepciones, claro está). Así, Amarras se sigue sosteniendo gracias a una Justicia que se exhibe inútil e impotente para hacer cumplir sus propias sentencias.
Ahora se conoció un nuevo pedido al Juzgado Civil y Comercial N° 3 por parte de Julio Jesús Majul, quien reiteró su pedido de medidas cautelares, invocó ausencia de habilitación en el conflicto suscitado por la construcción del barrio fluvial Amarras (impulsado por la empresa desarrolladora Altos de Unzué y la Municipalidad de Pueblo General Belgrano, tanto en la gestión de Jacinto Chesini como de la de Mauricio Davico que en nada se diferencian) y solicitó un urgente despacho.
Se trata del añejo amparo caratulado “Majul, Julio Jesús C/Municipalidad de Pueblo General Belgrano Y Otros S/ Acción de Amparo” (Expte. Nº 5916), que lo impulsa con el patrocinio de los abogados Selva Chesini y Luis Leissa, y que se tramitan en el Juzgado Nº 3, Secretaría Nº 3.
En ese escrito al que accedió EL ARGENTINO, se indicó:
1) Mediante las presentaciones efectuadas el 27/7/23 y el 29/7/23, ambas pendientes de resolución pese al carácter de urgencia propiciado para su tratamiento, se ha omitido brindar una respuesta judicial acorde con la necesidad de frenar la ejecución de trabajos en las instalaciones del Barrio náutico “Amarras”, que contradicen el mandato de “volver las cosas a su estado anterior” ordenado en el fallo firme del Superior Tribunal de Entre Ríos dictado el 15/11/19.
“Sin perjuicio de insistir en la necesidad de adoptar las ´medidas cautelares´ requeridas, vengo a señalar que una aproximación última a los informes y documentación que ha presentado la condenada Altos de Unzué SA, permite inferir sin hesitación alguna en la necesaria obligación de suspender los trabajos que ilegítimamente se están llevando adelante”, ruega Majul harto ya de no tener la más elemental respuesta en un recurso de amparo.
“Como lo expresé en el último escrito dónde reclamé inútilmente habilitación de ´horas y días inhábiles´, la empresa y la Municipalidad de Pueblo Belgrano –así surge de las declaraciones de funcionarios que ya acredité- se están burlando del mandato judicial. No otra cosa puede interpretarse de la actitud de incorporar durante la ´feria judicial´, un escrito en el cual se permiten propiciar que ´se ponga en conocimiento de todos los interesados el inicio del plan de recomposición de Amarras, fijado para el día lunes 17-07-2023´ (ver Capítulo VI, punto 1.). La noticia que nos suministran supone que ese Juzgado, la Municipalidad de Gualeguaychú y los intereses que represento en esta acción de amparo ambiental, nos venimos a imponer de un inexistente Plan de remediación que no es tal y que se quiere imponer”, confirmó el escrito impulsado por Majul y al que accedió EL ARGENTINO.
Y agrega: “En efecto, la documentación que se pretende hacer valer a través del Expediente Nº 1.384.701 promovido bajo el pomposo título de ´Estudio de Impacto Ambiental de la Construcción y Operación del nuevo desarrollo urbano Amarras del Gualeguaychú en el Municipio de Pueblo General Belgrano´, no es más ni menos que un vano intento de continuar causando daño ambiental –como ya dijo la CSJN- y menospreciar el fallo del STER., a esta altura inconmovible por impacto de la cosa juzgada”.
Y ahonda que esto es así, “porque como se extrae de allí, cuando les tocó dictaminar al director de áreas Naturales Protegidas Biólogo Alfredo Berduc y luego al director de Hidráulica Ingeniero Cristian Gietz, ambos coincidieron en señalar en los dos últimos párrafos, algo que es concluyente: ´En el contexto de las disposiciones judiciales dictadas, el presente informe no implica permiso o habilitación alguna, sino la expresión de criterios técnicos acerca de las medidas de recomposición ambiental´ (ver dictámenes del 1/3/23 y del 14/3/23, respectivamente)”.
En el escrito también se indicó que “tales aseveraciones, obviamente descalifican de plano este nuevo intento de violar toda la normativa ambiental, desde la Ley 25.675 hasta el Decreto 4477/09, que imponen taxativamente obligaciones que jamás han sido cumplidas en consonancia con los ´principios precautorios y de prevención´ que impregnan el ordenamiento que nos rige”.
Y en el segundo punto del escrito al que accedió EL ARGENTINO, se expresa: “Ante esas opiniones técnicas, como fruto de la ponderación de las consideraciones ya vertidas y del comportamiento ilegal que ha habido en este tema, teniendo además en cuenta el contenido de la sentencia del STER -cuando determinó categóricamente que se había afectado una zona de ´humedales´-, surge como evidente y perentorio que V.S. debe acoger sin más las ´medidas cautelares´ que impulsé y que reclamo se tomen en forma urgente”.
El escrito presentado por Majul –que es coincidente con el pedido de paralización de obras que también reclamó y exigió la Municipalidad de Gualeguaychú- tal vez tenga que atravesar el laberinto de la especulación propia que caracteriza a la Justicia entrerriana -que ya se sabe-, se hace la fuerte con los débiles y se muestra débil con los fuertes. Una justicia arrodillada frente al poder de Amarras y del intendente -en uso de licencia por campaña electoral- de Pueblo General Belgrano, Mauricio Davico. Por eso una de las mayores burlas contra el pueblo por parte de la Justicia es dictar una sentencia y luego no hacer nada para que se cumpla.