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La Oficina Municipal de Información al Consumidor (o de defensa de éste) de Urdinarrain denunció el incumplimiento de la ley provincial 10.236, de trato digno.
La Ley está en vigencia desde marzo de este año y establece las prácticas consideradas “abusivas” y contrarias al “trato digno” en locales de acceso a la atención masiva al público.
También las multas a los infractores, las que van de cien a cinco millones de pesos para aquellos que sometan al público a una demora mayor a los 30 minutos para el cobro o pago en las cajas habilitadas para este fin.
La norma también sanciona la espera en condiciones de incomodidad, y como fue debidamente anunciada antes de su reglamentación, no se entiende por qué puede seguir siendo incumplida.
Volviendo al caso de Urdinarrain, se informó que la denuncia del área de defensa de los consumidores ante la Dirección General de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial de la Provincia de Entre Ríos apunta a la demora en la atención, esto es, la superación del tiempo estipulado como suficiente y máximo de espera, dando respuesta a las quejas presentadas.
Lo ocurrido podrá ser imitado por quienes sientan que se cometen con ellos prácticas abusivas y contrarias al trato digno, según lo establece la Ley, los que podrán acercarse a la OMIC y formular su reclamo.
Y en este punto vale señalar que así como quienes prestan el servicio deben adecuarse a lo que estipula le ley en cuestión, también es obligación de usuarios y consumidores dar el alerta cuando lo establecido no se cumple.
Sólo animándose a denunciar situaciones de este tipo, se estará tendiendo a superarlas.
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