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UN DEBATE QUE SIGUE ABIERTO

García Jurado: “No es verdad que la OMS haya afirmado que el 5G no produce daño en la salud”

Sábado, 6 de Enero de 2024, 15:29

Redacción EL ARGENTINO

Por Eduardo García Jurado 

 

La tramitación de la nueva ordenanza para la instalación de antenas 5 G, por parte del intendente Davico, por vía rápida sin tratamiento apropiado, más aún cuando se deroga la ordenanza vigente de prohibición de antenas (  comunicación de internet y telefónica), la cual fue tratada en su momento con la intervención y participación ciudadana, por vías normales y extensas,   es por parte de la nueva conducción municipal,  la demostración de conductas ambientales que no respetan en plenitud la Constitución Nacional, la  de nuestra provincia y las leyes respectivas que reglamentan su ejercicio. Fundamentalmente ignorar el principio precautorio, y sus derivados (pro naturaleza y salud). 

Esta actitud de la administración Davico, para los que somos ciudadanos de ambos márgenes de nuestro rio, como siempre me califique -  que indirectamente fuera  aceptado por la justicia electoral al autorizarse la elección del entonces intendente de P. Belgrano como ahora intendente del margen derecho- es la misma que ya nos impusiera en el margen izquierdo de la cuenca aludida, y por el mismo tema (antenas de Telecom, con efectos no ionizantes)- Promesas incumplidas, múltiples presentaciones sin respuestas, fue la actitud del intendente quien al final concretó, contra la opinión de los vecinos  la colocación de antena con impacto visual y de la salud.- 

            El principio precautorio expresamente prescripto por la Constitución de nuestra provincia, impone a quien va a realizar un emprendimiento que pueda traer consecuencias  para el medio ambiente-salud – Casa común y columna vertebral de nuestra sociedad – Conf. Carta Encíclica “Laudato Si”-  en primer lugar  que quién lo propone, por intereses económicos y/o de desarrollo de la comunidad, a su costa, debe demostrar que el posible daño a la salud no se producirá como resultado de su objetivo de lucro y/o de “bien común. A su vez, las autoridades municipales tienen “una obligación de previsión extendida y anticipatoria… obtener la suficiente información a efectos de adoptar una decisión basada en un adecuado balance de riesgos y beneficios...”) C.S.J.N 26/03/09. Dichos pasos no se han cumplimentado, por el contrario, por impulso personal del lord mayor, los disciplinados concejales oficialistas, en sesión extraordinaria, en primer lugar intentaron imponerlo sobre tablas (sin tratamiento previo alguno), y al fracasar insistieron en extraordinaria, lo impusieron luego de una sola reunión de comisión.-  

            La legalidad de varias obras implica-instalación de múltiples antenas, cualquiera sea su tamaño-  en este caso,  determina un estudio de impacto ambiental integral  y licencia social. Si no ha existido información para las mismas autoridades, menos podemos hablar de publicidad, participación ciudadana y decisión conforme los intereses en juego, en donde debe prevalecer el bien común.

            No es verdad que la Organización Mundial de la Salud haya afirmado que las antenas de 5G “no producen daño en la Salud”, como afirmara el intendente en persona en el "debate”, en el  recinto del H.C. Deliberante, ante todos los concejales y desde el estrado de la Presidencia del órgano legislativo,  para alejarse del recinto sin escuchar los argumentos de la oposición.  La O.M.S. sostiene que las exposiciones de frecuencia electromagnética debajo de los límites recomendados en las regulaciones no parecen tener consecuencia conocida en la salud. – En tal sentido? cuales son los límites aludidos para garantizar  la salud. ¿Quiénes, cómo y cuándo se controló y verifica tal circunstancia?  Nada de esto se discutió porque así lo impuso el oficialismo en rápida sesión  extraordinaria.-Cualquier comparación con los D.N.U  y el proyecto de ley ómnibus del Presidente Milei, es entendible, pero nobleza obliga- la similar actitud de la gestión Davico , es fácil y fundadamente criticable, pero no sería inconstitucional como sí afirma unánimemente de los monárquicos, antirrepublicanos decreto de necesidad y urgencia y proyecto de ley de otorgamiento de la facultad legisferante por parte de quien asumiera por democrática soberanía popular y ahora pretender transitar caminos intolerantes para una república.     

            En este caso- ordenanza en extraordinario tratamiento por parte del oficialismo municipal, debemos destacar la oposición de peronistas y de la libertad avanza, fundada y firme pero limitada por la deliberada postura de Davico y sus agentes, que en tratamiento exprés- “sin necesidad ni urgencia”, impidieron la participación comunitaria de la sociedad civil y la exposición de expertos, que fundaran los sólidos y temerosos argumentos aludidos precedentemente.

La administradores públicos deben demostrar que no somos gobernados por la lógica autoritaria de las empresas oligopólicas existentes y la lógica desigualitaria del mercado, sopena de pensar que la decisión gubernamental puede estar manchada  por la corrupción que precisamente algunos definen como la actuación de los funcionarios públicos haciendo de gerentes de los intereses económicos y no como representantes del pueblo- (hoy está emergiendo al respecto la denominación de “ privatización de la política”)

En una República, más aún cuando está en juego la salud y el medio ambiente, la participación ciudadana, por mandato constitucional opera como freno al fin de lucro de las empresas y la transparencia de la gestión pública como demostración de honestidad , alejando cualquier vestigio de corrupción. Así esperamos y demandamos de nuestros inquilinos de la cosa pública-

*Profesor, ex juez y ciudadano de ambas orillas del Rio Gualeguaychú- 

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