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Piden impedir el ingreso al empleo judicial a deudores alimentarios y denunciados por violencia

Se trata de un proyecto de ley que propone incluir en la Ley Nº 5.143, de Empleado Judicial, a quienes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentario Morosos y que registren antecedentes por violencia de género en el Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia (Rejucav).

Jueves, 11 de Septiembre de 2025, 18:00

Redacción EL ARGENTINO

Un proyecto de ley que ingresó ese jueves en la Cámara de Diputados propone que se limite el ingreso al empleo público a personas que estén registrados como deudores alimentarios o cuentes con antecedentes por violencia de género.

 

El artículo 1º del proyecto de la diputada Lorena Arrozogaray, de Unión por la Patria-Más para Entre Ríos, proponen que se incorpore “el Inciso ‘i’ y el Inciso ‘j’ al Artículo 8º de la Ley Nº5.143 ‘Estatuto del Empleado Judicial’, los que quedarán redactados de la siguiente manera: i) Quienes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Entre Ríos. j). Quienes registren antecedentes de denuncias por violencia de género en el Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia de la Provincia de Entre Ríos (Rejucav)”.

 

 

Fundamentos

La legisladora sostuvo que “la ley Provincial Nº 5143 sancionada en el año 1973, regula el régimen de ingreso y permanencia del personal jerárquico, personal técnico administrativo y personal obrero, de maestranza y servicios del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos. Sin perjuicio de las condiciones para el ingreso que allí se establecen, con el correr de los años se han generado situaciones sociales que han obligado a incorporar legislación específica direccionada hacia un cambio de cultura, sobre todo en el género masculino”.

 

Entre los objetos de la propuesta está “limitar el acceso al empleo en el sector público que casualmente debería ser ejemplificatorio de las buenas conductas sociales. Con el objetivo de visibilizar este flagelo social y contribuir a su erradicación y deslegitimación en nuestra sociedad, se propone agregar dos incisos al Artículo 8º del Estatuto del Empleado Judicial de la Provincia de Entre Ríos.

 

El primero de ellos, en búsqueda de que estén impedidas a acceder al empleo, aquellas personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios, al menos hasta que cese esa situación. A saber, el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, creado por Ley 9424 (posterior al Estatuto que se intenta modificar) y reglamentado por Decreto Nº 4967 funciona en el área de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secretaría de Justicia - Ministerio de Seguridad y Justicia”. (Fuente: APFDigital)

Temas:

Registro de Deudores Alimentarios Lorena Arrozogaray Violencia de Género
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