La Justicia Federal de Concordia dictó un fallo favorable para personas con discapacidad que reclamaban la restitución de pensiones no contributivas suspendidas por la Agencia Nacional de Discapacidad. La resolución marca un antecedente en Entre Ríos tras años de rechazos administrativos.
Redacción EL ARGENTINO
La Justicia Federal de Concordia resolvió a favor de un grupo de personas con discapacidad que reclamaban la restitución de pensiones no contributivas suspendidas por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). El fallo constituye un antecedente relevante en Entre Ríos, luego de numerosos rechazos administrativos registrados en los últimos años.
Jurisprudencia en Entre Ríos
El abogado Horacio Velázquez Pens, patrocinante de varios amparos, explicó que la medida judicial permitió revertir situaciones de extrema vulnerabilidad social. “En Entre Ríos estamos sentando jurisprudencia con un fallo favorable por primera vez en favor de las personas con discapacidad en los juzgados federales”, afirmó.
Durante 2024 y 2025, muchos expedientes fueron rechazados administrativamente bajo argumentos vinculados a la imposibilidad de verificar datos patrimoniales o antecedentes clínicos. Según el letrado, esas demoras afectaron a miles de personas con patologías severas y situaciones económicas críticas. “Tengo casos extremos de cáncer y de vulnerabilidad total”, aseguró.
Velázquez Pens señaló que la situación se agravó tras cambios administrativos en la Agencia Nacional de Discapacidad, que pasó a depender del Ministerio de Salud de la Nación. “Se desmanteló la agencia y ahora todo resulta mucho más dificultoso”, expresó. Además, indicó que existen problemas para acceder a los certificados médicos oficiales necesarios para iniciar los trámites, especialmente en algunas ciudades entrerrianas.
Ante la falta de respuestas administrativas, los abogados debieron recurrir a acciones judiciales como amparos y pedidos de sanciones para acelerar los expedientes. “Los amparos están llevando entre un año y un año y medio”, precisó Velázquez Pens, quien consideró necesario que el Estado agilice los procedimientos para evitar que las personas deban atravesar largos procesos judiciales para acceder a derechos básicos.
El fallo conocido en Entre Ríos ordenó restituir el beneficio a personas cuya situación médica y social ya había sido acreditada previamente mediante evaluaciones oficiales. La resolución marca un precedente que podría impactar en otros casos similares en la provincia y en el país, donde miles de personas esperan respuestas para acceder a pensiones vitales en contextos de alta vulnerabilidad.
Fuente: El Once