Un juez federal ordenó al Ministerio de Salud resolver en diez días un trámite frenado durante 424 días hábiles y consideró acreditada la morosidad administrativa.
Redacción EL ARGENTINO
El Juzgado Federal Nº 2 de Paraná volvió a condenar al Estado nacional por demoras injustificadas en el otorgamiento de una credencial del Registro del Programa de Cannabis (Reprocann). El juez Daniel Alonso hizo lugar a una acción de amparo por mora administrativa y ordenó al Ministerio de Salud de la Nación que resuelva el trámite en un plazo máximo de diez días.
La causa se originó a partir de la presentación realizada por un paciente que había iniciado el trámite de inscripción al Reprocann el 19 de enero de 2024. Según se acreditó en el expediente, toda la documentación requerida fue presentada en tiempo y forma, incluyendo consentimiento informado, declaración jurada e indicación médica correspondiente.
El magistrado destacó que la profesional de la salud interviniente había consignado en la historia clínica los padecimientos del solicitante y fundamentado debidamente el pedido de inscripción en el programa de cannabis medicinal. Sin embargo, pese al cumplimiento de los requisitos formales, el expediente permaneció sin resolución durante 424 días hábiles administrativos.
En su fallo, Alonso subrayó que el Ministerio de Salud, aun estando debidamente notificado, no respondió al pedido de pronto despacho ni brindó explicación alguna por el prolongado silencio administrativo. En ese contexto, consideró “sobradamente acreditada” la morosidad en la que incurrió la administración pública.
El juez aclaró que el objeto del amparo no fue analizar si correspondía o no otorgar la credencial solicitada, sino ordenar el dictado del acto administrativo que debía haberse emitido dentro de los plazos legales. Señaló que el trámite llevaba más de un año sin definición, excediendo ampliamente cualquier plazo razonable.
Además de ordenar que el Ministerio resuelva el pedido en el término de diez días, el fallo impuso las costas del proceso al Estado nacional, al no encontrar motivos para apartarse del principio general de la derrota.
La sentencia se suma a otros pronunciamientos judiciales en el mismo sentido, que vienen advirtiendo sobre demoras prolongadas y falta de respuesta por parte de la autoridad de aplicación del Reprocann. Estos fallos refuerzan la obligación del Estado de garantizar procedimientos administrativos ágiles, especialmente cuando se encuentran en juego derechos vinculados a la salud.