El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó la impugnación extraordinaria impuesta por el defensor del ex policía Mauricio Gómez, condenado a 17 años de prisión, por considerar que “no existió arbitrariedad ni violación de garantías”.
Redacción EL ARGENTINO
La muerte de Iván Pérez significó un caso emblemático para la ciudad del carnaval, porque tuvo distintos condimentos que la hicieron especial. Se trató de un caso de gatillo fácil, donde el imputado era un policía y la víctima era un joven con antecedentes policiales por hechos de robos y hurtos. Pero además, fue el primer juicio por jurados que se desarrolló en Gualeguaychú y el primero en quedar estancado, porque no hubo un veredicto de unanimidad.
Para el segundo juicio la situación fue diferente: hubo unanimidad y se condenó a Mauricio Gómez a una pena de 17 años de cárcel. Pero allí se inició un proceso recursivo que el abogado defensor Alfredo Vitale llevó a la Cámara de Casación Penal de Concordia en primer término, donde no tuvo aceptación, y más tarde ante el máximo órgano de Justicia de Entre Ríos, donde pasó exactamente lo mismo.
En esta sentencia que se conoció esta semana en torno al caso, Vitale había hecho mención sobre la imposibilidad de usar las filmaciones del primer juicio en marzo de 2021 y/o remitirse a lo que había sucedido en ese debate que se realizó en el centro de Convenciones. En la sentencia del Superior Tribunal de Justicia se señaló que el sistema acusatorio vigente se basa en oralidad, inmediación y contradicción: solo vale la prueba producida ante el jurado del juicio, y que las declaraciones de un juicio anterior “estancado” no son prueba válida ni pueden incorporarse al nuevo debate.
Además, se hizo saber que la defensa tuvo oportunidad de controlar la prueba mediante el contrainterrogatorio y se especificó que admitir esos videos a los que hacía mención Vitale habría violado la inmediación y las reglas del juicio por jurados. Por lo cual, se concluyó que no hubo afectación del derecho de defensa.
En resumen, los integrantes del Tribunal rechazaron el recurso presentado porque entendieron que no se probó violación al derecho de defensa, la exclusión de las filmaciones fue correcta según el sistema de juicio por jurados, la calificación legal aplicada era válida y los agravios a los que hizo mención la defensa se trataron de discrepancias, pero no arbitrariedades.
Gómez se encuentra condenado, pero en libertad y a la espera de la firmeza de la sentencia. Actualmente radicado en Concepción del Uruguay puede iniciar un camino legal ante la Corte Suprema de Justicia, pero debe ser la justicia entrerriana la que otorgue el permiso de hacerlo y si ello no ocurriera puede hacerlo en queja, pero es un camino difícil y costoso, y está más cerca de cumplir con lo dispuesto en el juicio realizado en 2023 en Gualeguaychú.