La Justicia Federal condenó a cuatro años de cárcel a una pareja de Chajarí por el delito de transporte de estupefacientes. La droga fue enviada desde una localidad misionera y se confirmó que ambos actuaron de manera planificada
Redacción EL ARGENTINO
El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, con integración unipersonal a cargo del juez Sebastián Gallino, dictó sentencia contra una pareja de Chajarí por el delito de transporte de estupefacientes. La resolución, emitida el 22 de mayo, recayó sobre Gerónimo Gabriel Fleitas, de 23 años, y Milagros Belén Correa, de 25, quienes fueron hallados coautores penalmente responsables de trasladar una encomienda con 6,295 kilogramos de marihuana.
La investigación determinó que la sustancia había sido enviada desde Puerto Piray, Misiones, hacia Chajarí, utilizando el sistema de envíos de la empresa “Vía Cargo”. El paquete estaba identificado con una guía de envío a nombre de Fleitas, mientras que el número de contacto correspondía a Correa. El 5 de mayo de 2025, ambos se presentaron en la sucursal de la empresa en Chajarí para retirar la encomienda, momento en el que fueron detenidos por personal policial.
Durante el juicio abreviado realizado el 14 de mayo, el Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Juan Sebastián Podhainy, sostuvo la acusación con base en pruebas como el informe de titularidad de líneas telefónicas de Telecom, que vinculaba a Correa con el número consignado en la guía, y las actas de procedimiento de los agentes intervinientes. Un elemento clave fue el análisis del dispositivo telefónico secuestrado, realizado por la Sección de Investigaciones Antidroga de Gendarmería Nacional en Concordia, que demostró el uso compartido del aparato y comunicaciones previas al retiro del paquete, incluyendo un audio que informaba sobre la llegada de la encomienda.
En su declaración, Correa alegó desconocer el contenido del envío y sostuvo que solo acompañaba a su pareja. Sin embargo, la Fiscalía probó la coordinación entre ambos y el conocimiento previo del contenido ilícito. Para el tribunal, la maniobra no fue fortuita, sino planificada, con logística interprovincial y coordinación previa.
El juez Gallino destacó la concordancia entre los distintos elementos probatorios: documentación del envío, registros telefónicos, pericias sobre el dispositivo móvil y testimonios de los efectivos. En conjunto, se alcanzó el grado de certeza necesario para dictar condena.
Finalmente, el tribunal resolvió imponer a Fleitas y Correa la pena de cuatro años de prisión, además de una multa de cuarenta y cinco unidades fijas, equivalente a $5.400.000, junto con las accesorias legales y costas del proceso. La sentencia reafirma la responsabilidad penal de ambos en el transporte de estupefacientes y marca un nuevo antecedente en la lucha contra el narcotráfico en la región.