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UNA MUERTE CON MÁS DE 60 PUÑALADAS EN LAS TERMAS

A una década de un crimen que marcó un precedente en los casos de femicidio

Cuando se rememora lo ocurrido en Gualeguaychú hace 10 años atrás se recuerda el famoso recital del Indio Solari en el Hipódromo y lo que se generó a partir de ello. Pero también sucedió un hecho policial que enlutó lo que debía ser una fiesta. Julia Flammini fue asesinada por decirle “No” a su asesino, que hoy cumple con una prisión perpetua en la Colonia Penal.

Sábado, 13 de Abril de 2024, 22:27

Redacción EL ARGENTINO

Por Carlos Riera

 

Dos días antes de que el reconocido artista nacional subiera por primera y única vez a un escenario en Gualeguaychú, la noticia del mundo de personas que había en la ciudad se tiñó con el aberrante crimen que conmocionó a nivel nacional.

Julia Flammini tenía 29 años, era oriunda de Azul y trabajaba como abogada en La Plata dentro de un organismo gubernamental. Había llegado a Gualeguaychú dos días antes del recital y ya tenía una reserva realizada en el boungalow 23 de las Termas del Gualeguaychú, en donde se hospedaría junto a Andrés Roldán, que pocas horas después se convertiría en su asesino.

 

Entre ambos no había ninguna relación amorosa. Se habían conocido en otro recital del Indio en Mendoza y habían tejido cierta amistad junto a otros seguidores del ex Redondito de Ricota. Y para esta oportunidad, Flammini viajó junto a un amigo que se hospedó en un apart dentro del complejo, y Roldán lo iba a hacer con su hija de 14 años, pero finalmente la adolescente viajó a Gualeguaychú y acordaron entre ambos compartir los gastos de la cabaña, mientras que una pareja de Florencio Varela que viajó con Roldán se hospedó en el boungalow 22, contiguo a donde se cometió el crimen.

Esa tarde, y mientras ya ambos estaban en la cabaña del complejo, Julia envió mensajes a un amigo diciéndole que Roldán “se estaba propasando” y luego de ello no hubo más mensajes. Más tarde, alrededor de las 17, un empleado del lugar se acercó hasta el boungalow 22 donde estaba la pareja de Florencio Varela que había viajado con Roldán para informarles que su amigo se había quedado empantanado en un sector dentro del complejo.

 

Cuando van a socorrerlo junto al personal del lugar, Roldán abandonó el auto Renault Clío y salió corriendo en dirección al monte, perdiéndose de vista. El auto fue remolcado hacia los bungalows donde se alojaban y cuando llegaron, el amigo observó que la puerta de la cabaña 23 estaba abierta y vertía agua de su interior. Ingresó buscándolo a Roldán para preguntarle qué le había pasado, pero nadie respondió, hasta que entró al baño y se encontró con el cuerpo de una mujer tirado en el piso. Según su propio relato, el hombre la tocó hasta que se dio cuenta que estaba muerta. No la reconoció en el momento, porque la víctima estaba boca abajo, pero una vez que se pidió por auxilio, el hombre pudo identificarla. Sabía que su amigo la conocía y que habían estado juntos en el último recital del Indio Solari en Mendoza.   

Cuando ingresó la Policía al bungalow 23 encontró a la mujer vestida, tendida boca abajo y tirada en forma diagonal en el baño. Tenía zapatillas, un jean, una remera negra y presentaba varias puñaladas con un cuchillo de cocina, que incluso fue encontrado quebrado a un costado del cuerpo.

 

Luego del crimen, Roldán tapó el desagüe de la bañadera y dejó verter el agua de la ducha con la posible intensión de que se inundara el lugar y se borraran indicios del hecho. El asesino abandonó el lugar sin llevarse ninguna pertenencia y por ello se pudo secuestrar su teléfono celular, el auto, la ropa y demás elementos que había en el interior del bungalow.

Roldán pasó toda la noche vagando por la ciudad, mezclándose entre el público visitante que había llegado en gran número a presenciar el recital. Recién a la mañana siguiente fue localizado por un móvil de la División Investigaciones en la punta este del corsódromo, justo en la esquina del viejo molino, que no opuso resistencia y desde ese momento quedó detenido con prisión preventiva.

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El cuerpo de Julia presentó más de 60 heridas de arma blanca, con distintas profundidades y tipo de cortes. No había dudas de quién había sido el autor del hecho y el móvil estaba claro: las insinuaciones de Roldán y las negativas de la abogada fueron la causa para que hombre arremetiera contra la mujer.  “Julia Flammini murió porque no accedió a los deseos sexuales de Roldán”, fue lo que dijo en su alegato el fiscal Lisandro Beherán.

En ese juicio, que se realizó en septiembre de ese mismo año, Beherán detalló una a una las pruebas recolectadas durante la investigación penal preparatoria, que reforzaron su imputación de homicidio calificado por alevosía y violencia de género. Ahí señaló que el ataque de Roldán se debió a que no fue correspondido en su deseo sexual y por ello la atacó en el baño, donde Flammini no tenía escapatoria y era difícil que escucharan sus pedidos de auxilio.

 

También, calificó el relato de Roldán ante los jueces como "inverosímil", donde cada uno de sus dichos fue desbaratado por la prueba, y de irracional la excusa del corte en su mano defendiéndose de un ataque de la abogada. "Las heridas de Roldán en la mano son incompatibles con las formas en la que dijo que se produjeron, sino que son compatibles con el cuchillo con el que le produjo la muerte a Julia y con los hematomas que presentaba la víctima en el rostro", argumentó en su alegato de clausura.

La condena

El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú en esa causa estuvo presidido por Alicia Vivian y por los vocales Eduardo García Jurado y Mariano López, y el 22 de septiembre dieron a conocer su decisión. Por ese entonces no había juicio por jurados, y los magistrados dictaron una sentencia de 17 años de prisión.

No se otorgó la calificación que había peticionado Beherán y por ende se rechazó su planteo de prisión perpetua, al que también había adherido el querellante. Según los jueces no hubo un homicidio calificado en el marco de una violencia de género, sino un homicidio simple. Pero esto no quedó así: tanto el Fiscal, como la querella, e incluso el abogado defensor Pablo Di Lollo -apoyado principalmente en el voto de Vivian que había dictado 12 años de prisión- decidieron recurrir la sentencia la Cámara de Casación de Concordia.

 

Lo que vino después es lo que terminó siendo. La jueza Marcela Davite, de la cámara concordiense, analizó el caso y sostuvo que “puede concluirse que la situación típica de ‘violencia de género’ está debidamente acreditada en la causa, por ello resultaría inútil acudir a un nuevo juicio, por lo que cabe casar la calificación jurídica otorgada por el tribunal a la conducta de Roldán, y encuadrarla en el delito de Homicidio calificado por mediar violencia de género”. Y agregó: “la imposición de la pena perpetua no lesiona el principio de proporcionalidad que debe haber entre la sanción impuesta, la magnitud del delito y la culpabilidad del autor, ya que sin lugar a dudas el hecho de dar muerte en la forma en que lo hizo, es un delito que reviste singular y extraordinaria gravedad, sin que se hayan verificado razones que muestren un déficit relevante en la culpabilidad”. Es decir, se revirtió el monto de la pena a Andrés Roldán y se encuadró el caso dentro de un femicidio, condenándolo a prisión perpetua.

El No de una mujer

Graciela Bardelli, la madre de Julia, que siguió cada una de las audiencias, debió esperar un año y cinco días para que realmente se hiciera justicia para lo ocurrido con su hija. La familia debió escuchar que el asesino fue juzgado por homicidio simple y condenado a 17 años, sin tener en cuenta la brutalidad del ataque y mucho menos las 62 heridas de arma blanca que recibió. 

"Roldán debería tomar una determinación, porque respirar es gratis", había dicho a la salida de los Tribunales de Gualeguaychú. Luego, cuando la sentencia se revirtió en Casación, Bardelli opinó que "lo ocurrido con Julia sentará un precedente para los casos de femicidio, y eso es lo que deseo de todo corazón. Quisiera que ninguna mujer deba vivir con miedo, exista o no relación con el victimario”.

En esos momentos, luego de instaurada la figura del femicidio en 2012, resultaba complicado de demostrar para los acusadores cuando trabajaban en casos de similares características al ocurrido el 10 de abril de 2014. Para Beherán "resultaba evidente que el homicidio de Julia Flammini fue en un contexto de género, sin perjuicio de que no había una relación previa entre víctima y victimario” y explicó que esa falta de relación previa es precisamente lo que movió al legislador a tipificar dos conductas diferentes, es decir, el homicidio de la cónyuge, pareja, conviviente o no conviviente, ex pareja, etc., y por otro lado el homicidio perpetrado por un hombre, cuando la víctima es mujer y se produce en un contexto de género".

El Fiscal Coordinador del Ministerio Público mencionó en su alegato ante Casación que "el Tribunal (de Gualeguaychú) no tuvo en cuenta que el hecho se produjo a consecuencia de que la víctima no accedió a las insinuaciones sexuales previas de parte del atacante, y así puso a la mujer en una situación de inferioridad, de pretendida dominación por parte del autor, que es lo que la ley de violencia de género pretende resguardar".

 

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