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El Gobierno nacional presenta hoy el texto de la reforma laboral: los cambios que impulsa

El Gobierno presenta la reforma laboral e impositiva que reduce contribuciones patronales y crea nuevos fondos para indemnizaciones. La iniciativa también introduce cambios en el régimen de vacaciones y en la organización de la jornada laboral.

Martes, 9 de Diciembre de 2025, 8:02

Redacción EL ARGENTINO

El proyecto establece la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados con una contribución obligatoria del 3% de la masa salarial. Ese aporte será descontado de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), lo que representa una reasignación de recursos que habitualmente se destinan al pago de jubilaciones y pensiones.

 

“El régimen reduce en tres puntos la contribución patronal al SIPA mientras se constituya el FAL”, precisa el documento que será presentado ante el Consejo de Mayo, integrado por funcionarios del Ejecutivo, legisladores, representantes de la UIA, la CGT y el gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo.

 

Estimaciones preliminares calculan una pérdida anual de ingresos previsionales cercana a los USD 2.600 millones por el desvío del 3% de las contribuciones. Si se toma como referencia la remuneración promedio registrada por las Cuentas Nacionales, ese monto ascendería a USD 4.700 millones.

 

Rebajas generales en contribuciones patronales

 

La iniciativa prevé además una reducción permanente del 1% en las contribuciones al sistema de obras sociales, que caerán del 6% al 5%, lo que implicaría un impacto estimado de USD 1.000 millones anuales en el financiamiento de la seguridad social y la cobertura de salud.

 

También se propone bajar en tres puntos las contribuciones patronales destinadas al SIPA, Asignaciones Familiares, Fondo Nacional de Empleo y PAMI. Para comercio y servicios, la alícuota pasará del 20,40% al 17,40%; y para el resto del sector privado, del 18% al 15%. El efecto fiscal de estas reducciones rondaría los USD 3.000 millones anuales.

 

A ello se suma el Régimen de Incentivo al Nuevo Empleo (RIFL), que ofrece alícuotas reducidas para contrataciones nuevas. Su impacto final dependerá de la cantidad de empresas que se adhieran.

 

Especialistas consultados recordaron el precedente de la baja de contribuciones implementada por Domingo Cavallo en 1994, que generó tensiones en el financiamiento previsional durante la transición al sistema de AFJP.

 

Vacaciones y modificaciones en la organización del trabajo

 

El proyecto también introduce cambios en el régimen de vacaciones. Se eleva a 45 días la antelación mínima obligatoria para notificar el inicio del descanso anual, mediante comunicación escrita. Las convenciones colectivas podrán modificar ese plazo según las necesidades de cada sector.

 

Se habilita además el fraccionamiento de las vacaciones, siempre que cada tramo dure al menos una semana y exista acuerdo entre empleador y trabajador. Para las empresas que organizan vacaciones escalonadas, la norma exige que cada empleado pueda acceder a su descanso al menos una vez cada tres años durante la temporada de verano.

 

El borrador también regula el procedimiento frente a enfermedades durante el período de descanso. Si el trabajador enferma durante sus vacaciones, deberá reincorporarse al finalizar la fecha originalmente prevista y podrá reprogramar los días pendientes bajo los criterios establecidos por la ley.

 

Respecto al cálculo de la remuneración vacacional, los trabajadores mensualizados percibirán un monto equivalente al sueldo dividido por veinticinco. Quienes cobren por día u hora recibirán el valor del último día trabajado, considerando jornadas superiores a ocho horas dentro del tope de nueve. En los casos de salarios variables—destajo o comisiones—se tomará el promedio anual, o el de los últimos seis meses si el trabajador lo solicita.

 

“La retribución correspondiente al período de vacaciones deberá ser abonada al inicio del mismo. En caso de que las vacaciones se otorguen en forma fraccionada, el empleador podrá optar por liquidar la totalidad de la remuneración correspondiente al total de vacaciones, al comienzo del primer período”, señala el texto.

 

Flexibilización de jornadas y banco de horas

 

El proyecto incorpora herramientas para reorganizar la jornada laboral mediante convenios colectivos adaptados a cada actividad. Introduce cambios en el artículo 197 bis, habilitando regímenes flexibles ajustados a las particularidades productivas, siempre bajo límites legales mínimos.

 

Las convenciones podrán pactar esquemas de horas extras, banco de horas o francos compensatorios, respetando doce horas mínimas de descanso entre jornadas y el descanso semanal de treinta y cinco horas.

 

Además, sustituye el artículo 198 de la Ley de Contrato de Trabajo, permitiendo que convenios colectivos determinen jornadas máximas por promedios, según la naturaleza del empleo. El banco de horas podrá aplicarse compensando exceso de trabajo en algunos días con una carga menor en otros, sin superar el límite semanal vigente.

 

Cambios impositivos orientados a “sustentar la reforma”

 

Junto con las modificaciones laborales, el Gobierno presentó un paquete fiscal destinado a reducir la presión tributaria. Según un documento oficial, desde 2026 se disminuirán las alícuotas del Impuesto a las Ganancias para sociedades: el tramo del 30% pasará al 27% y el del 35% al 31,5%.

 

También se propone eximir del impuesto a los alquileres destinados a vivienda y a la venta de inmuebles por parte de personas humanas desde el 1° de enero de 2026. Las operaciones con activos financieros quedarán exentas de Ganancias, salvo en el caso de criptomonedas.

 

El apartado “reducción de la carga tributaria” elimina impuestos internos a una extensa lista de productos: cigarrillos, bebidas alcohólicas y energizantes, perfumes, electrónicos, automotores, aeronaves, embarcaciones, telefonía celular, seguros y servicios audiovisuales, entre otros. Asimismo, se exime del IVA a la energía eléctrica para sistemas de riego agroindustrial.

 

Incentivos a la inversión

 

La iniciativa crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), dirigido a empresas sin antecedentes penales ni deudas fiscales. Establece pisos de inversión desde USD 150.000 para microempresas hasta USD 30 millones para grandes firmas. Los beneficios incluyen amortización acelerada en Ganancias, devolución de IVA a los tres períodos fiscales y reposición de activos sin perder beneficios.

 

El régimen excluye inversiones financieras, de portfolio y bienes de cambio.

Temas:

Gobierno Nacional Trabajadores Jubilaciones y pensiones Vacaciones Reforma laboral Jubilaciones
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