
En noviembre del año pasado el HCD sancionó una ordenanza para regular la señalización horizontal con pintado de cordones. En marzo la Dirección de Tránsito comenzará a notificar a los frentistas que cuenten con este beneficio para que justifiquen su uso
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La ordenanza tendría que haber entrado en vigencia en diciembre del año pasado, pero en las puertas de la temporada turística, la Dirección de Tránsito decidió posponer las Intimaciones a los frentistas para marzo de este año.
Los espacios de la vía pública que han sido delimitados como zona exclusiva para estacionamiento de vehículos automotores o zonas de carga y descarga de mercaderías en general, zona de ascenso y descenso de pasajeros, son ahora reglamentado por la nueva ordenanza sancionada a mediados de noviembre del año pasado.
Conforme al Art. 2 de la Ley Nacional de Tránsito el HCD se encuentra facultado para establecer normativas exclusivas adaptando las existentes a la realidad socio- económica actual de la ciudad.
Caducarán automáticamente todos aquellas habilitaciones de zonas de exclusividad para estacionar o estacionamientos reservados para vehículos automotores, y zona de carga y descarga de mercaderías en general o zona de ascenso y descenso de personas en establecimientos comerciales, hoteles, restaurantes, oficinas comerciales y profesionales, consultorios médicos y similares, que hayan sido otorgados con anterioridad.
“Todavía no comenzamos a aplicar la ordenanza a rajatablas, estamos esperando que termine la temporada para comenzar a aplicarla y trabajar en otros aspectos como la elaboración de una nueva ordenanza para regular el servicio de cadeteria y colocar semáforos en Av. Primera Junta y Jujuy, explicó Esteban Izaguirre director de Tránsito Municipal.
Los interesados, sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, para la renovación u otorgamiento deberán solicitar la correspondiente autorización a Tránsito Municipal, la que deberá realizarse bajo resolución.
La Dirección de Tránsito, previo informe de la Dirección de Planeamiento, será el órgano competente para expedir autorización, mediante la pertinente resolución y deberá figurar al menos el número de expediente o resolución que se le asigne a cada uno. Asimismo será la encargada de las señalizaciones correspondientes, reservando el costo de tal servicio a cargo exclusivo del frentista solicitante.
Estacionamiento en zona urbana identificación del número de patente: Los vecinos titulares de garages afrontaran los gastos de señalización, incorporando en esta el número de patente del o los vehículos de su propiedad.
Canon para sanatorios privados y emergencias médicas: En concepto de espacios reservados para entradas de sanatorios privados y emergencias médicas, se fijó un canon, por lo cual no podrán requerir más de dos autorizaciones, con demarcación horizontal y vertical.
“Para poder llevar adelante esto vamos a tener que hacer un relevamiento en la vía pública, para recabar información y comenzar a realizar las intimaciones y lo vamos a implementar a partir de marzo”, dijo Izaguirre.
Los bancos y clínicas privadas tendrán que pagar un canon
En cuanto a los bancos estarán autorizadas a pintar las líneas amarillas, debiendo colocar la correspondiente cartelería, especificando en ella los horarios de prohibición. La autorización se encuentra sujeta a la expedición del correspondiente certificado emitido por la Jefatura Departamental de Policía, debiendo además abonar el correspondiente canon conforme a los metros lineales solicitados.
Se exceptúa del impuesto a las instituciones educativas públicas, públicas de gestión privada, centros de salud públicos y a personas con capacidades diferentes.
Carga y descarga: El pintado de líneas amarillas en las esquinas destinadas a carga y descarga de mercadería, deberá hacerse en el microcentro, en el horario de 7 a 10 y de 15 a 17 horas durante el período comprendido desde el 1 de abril al 31 de octubre y del 1 de noviembre al 31 de marzo de 6 a 10 y de 14 a 18.30.
Por Diego Elgart
EL ARGENTINO
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