

Redacción EL ARGENTINO
El titular a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 3 de Gualeguaychú ordenó a la empresa Altos de Unzue SA a restablecer el cauce del río Gualeguaychú que había desviado para su interés económico empresarial. La resolución surgió luego de intimar a la firma para que frene las obras de un canal de conexión que realizó como parte del acceso al ilegal e irregular barrio fluvial que se construye sobre un humedal con la impunidad y cobertura que le otorga la Municipalidad de Pueblo General Belgrano.
Al constatar que estos trabajos no habían cesado, el magistrado intimó a que en cinco días recompongan esta alteración. Este plazo venció el 24 de agosto, sin remediación alguna, confirmó al portal Era Verde Luis Leissa, que es uno de los abogados litigantes.
[{adj:86840 ]Leissa adelantó que el equipo legal se presentará en Tribunales para solicitar que esta situación se dirima en el fuero penal ante la posibilidad de estar frente a un hecho de desobediencia judicial.
Por otra parte, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) debe resolver el pedido de apelación que realizó la constructora, el Municipio de Pueblo General Belgrano –donde se emplaza el barrio privado– y la Fiscalía de Estado de Entre Ríos, quienes llegaron en queja ante la medida que decidió el juez en la cual resolvió detener la actividad sobre el área protegida.
Impunidad
El 16 de agosto de 2023 Altos de Unzué SA fue notificada de una medida dictada por Ricardo Javier Mudrovici, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 3 y que involucraba su accionar. El magistrado había ordenado a la empresa titular del barrio fluvial Amarras, así como la Municipalidad de Pueblo General Belgrano, a la recomposición ambiental por el daño producido al realizar un canal de conexión del barrio privado con el río Gualeguaychú y que alteró su cauce.
La firma, con la anuencia de la gestión de la comuna que administra Mauricio Davico, había comenzado realizar estas obras en lo que parecía ser el cumplimiento de una reparación derivada de un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero, en los hechos los trabajos apuntaban a continuar el proyecto inmobiliario. Al ser percatada esta situación, el juez estableció cinco días para cumplir con su manda. Ese plazo venció el pasado jueves 24 de agosto sin que se haya cumplido la medida judicial, y es por eso que los abogados que iniciaron el proceso de amparo ambiental solicitarán que la situación se dirima en el fuero penal ante la posibilidad de estar frente a la comisión del delito de desobediencia judicial, anticipó el abogado Luis Leissa.
“El plazo está vencido”, sostuvo el letrado al portal Era Verde, quien apuntó que la Municipalidad de Gualeguaychú, constató el 25 de agosto “que no se había hecho nada”, por lo que así, “la firma continúa como hasta ahora alterado el río por las obras de una supuesta reparación al daño ambiental que produjo por la construcción de un barrio náutico. La medida se estableció a partir de un pedido de la Municipalidad de Gualeguaychú que realizó un pedido de medidas urgentes para frenar la apertura de un canal sin el visto bueno judicial”, recordó Leissa. El canal sigue abierto, y las maquinarias pesadas, siguen allí, recalcó.
En el Superior Tribunal de Justicia
Las polémicas obras que ahora están en discusión fueron iniciadas por Altos de Unzué invocando un plan de reparación ambiental aprobado el 7 de junio por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos. Pero, resulta que este procedimiento no fue admitido por las partes que demandaron por los perjuicios provocados por la construcción del complejo de coquetas viviendas, ni tampoco fue presentado en la Justicia. Por esta situación hubo presentaciones donde se argumentó que este plan de recomposición se encontraba “viciado desde su mismo origen y que desde las propias áreas de la Secretaría ha sido descalificado”, argumentaron en su escrito los abogados.
En este orden citó al director de Áreas Naturales Protegidas, Alfredo Berduc, quien sostuvo “que este informe técnico no implica el permiso o habilitación para la continuidad del proyecto inmobiliario, sino un criterio para la realización de acciones de compensación ambiental”. También aportó un dictamen del titular de la Dirección de Hidráulica, Cristian Gietz, quien señaló: “En el contexto de las disposiciones judiciales dictadas, el presente informe no implica permiso o habilitación alguna, sino la expresión de criterios técnicos acerca de las medidas de recomposición ambiental formuladas”.
Evaluando estos y otros argumentos, el juez Mudrovici decretó un primer cese. El 4 de agosto dictó una la medida de no innovar de las obras que hacía una semana había comenzado Altos de Unzué. Pero, no obstante, la manda judicial, la empresa continuó con los trabajos, lo cual derivó en que la Municipalidad de Gualeguaychú se presentara el 10 de agosto para que “intervenga de manera urgente e inmediata ante el avance de las obras en Amarras de la ciudad de Pueblo Belgrano”, luego de constatar en una inspección fotográfica que los trabajos continuaban. Esto derivó en que el magistrado ordenó un segundo cese, donde se estableció el plazo de 5 días que vencieron la semana pasada.
Ahora bien, sobre el primer cese de obra, por la medida de no innovar dictada por Mudrovici, se presentó una apelación. Las partes encontradas culpables hace tres años por el daño ambiental por su proyecto inmobiliario y condenada a reparar este perjuicio generado a los humedales de Gualeguaychú, se presentaron ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) para reclamar la vigencia del plan de reparación. A este fueron al máximo tribunal Altos de Unzué, la comuna de Pueblo General Belgrano y la Fiscalía de Estado de Entre Ríos por el Gobierno provincial.
“Ellos argumentan que realizan los trabajos por la Resolución 249 del 7 de junio de 2023 de la Secretaría de Ambiente en el expediente 1.384.701/12. Pero este plan de recomposición ambiental viola el parámetro establecido por la Corte Suprema de Justicia y el Superior Tribunal para reparar el daño ambiental. Ellos no pueden construir en un humedal, está protegido por el artículo 85º de la Constitución de Entre Ríos”, sostiene Leissa, publicó el portal Era Verde. Esta situación es la que debe dirimir el STJ y por la cual se aguarda una resolución que se estima será en breve.
Por otra parte, Leissa expresó que “preocupa enormemente la actuación inexplicable del fiscal de Estado (Julio Rodríguez Signes). De un privado, la persona jurídica, se puede entender se defienda. Pero del fiscal de Estado, que defienda al privado y contra del órgano estatal competente que es la Municipalidad de Gualeguaychú, esto es inexplicable”, criticó a manera de reproche.
Y volviendo sobre los argumentos ya expresados, el abogado litigante recalcó que el “propio director de Hidráulica y el de Áreas Protegidas señalan que el plan de reparación en ningún caso significa un permiso ambiental. Cualquier proyecto debe contar con un certificado de aptitud ambiental. Y esto vienen a desnaturalizar el informe absolutamente complaciente de la secretaría de Ambiente”, fustigó.
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