Existe una ordenanza que regula el uso de este tipo de rodados, que cada vez tiene más usuarios en la ciudad. Lugares y las condiciones para la seguridad en el espacio público.
Redacción EL ARGENTINO
Desde la Dirección de Tránsito se informó que los monopatines eléctricos y dispositivos de movilidad personal pueden circular exclusivamente por los mismos espacios habilitados para bicicletas: bicisendas, ciclovías y ciclocarriles.
Según consta en la ordenanza, “la Autoridad de Aplicación podrá establecer restricciones puntuales según el ordenamiento y la seguridad del tránsito. Queda expresamente prohibida su circulación por veredas o espacios destinados de manera exclusiva al tránsito peatonal”.
Además se establece que la velocidad máxima autorizada es de 30 km/h y como requisitos para conducir estos vehículos, los usuarios deberán cumplir obligatoriamente con las siguientes condiciones:
- Ser mayores de 16 años.
- Utilizar casco protector homologado.
- Contar con seguro de responsabilidad civil vigente.
- Circular con un único ocupante por vehículo.
Condiciones de los vehículos: los dispositivos deberán estar en óptimas condiciones técnicas y contar con:
- Sistema de frenos en correcto funcionamiento.
- Luz delantera blanca y luz trasera roja.
- Elementos reflectivos que garanticen su visibilidad nocturna y diurna.
- Bocina o timbre de advertencia audible.