
Los gualeguaychuenses ya vivimos dos veces (por lo menos) la historia de los hechos consumados que llegan tarde a la Justicia. El barrio náutico Amarras continúa en pie; desviando el cauce del río, y con los dictámenes judiciales guardados en un cajón.

Redacción EL ARGENTINO
Por Mónica Farabello
El cuidado del medioambiente y el avance de los empresarios que buscan sus réditos económicos, es una relación que los gualeguaychuenses hemos sufrido en primera persona.
Veinte año atrás, comenzó la lucha contra las pasteras contaminantes en la vera del río Uruguay. Marchas, reuniones, asambleas y gestiones políticas que llevaron el conflicto a lo más alto.
El reclamo de la ciudad se escuchó en todos lados y el ruido fue tan fuerte que la lucha ambiental llegó a la Corte Internacional de La Haya.
¿La ciudad tenía razón en su reclamo? Sí, pero poco importó. La mega pastera ya estaba instalada, por lo que la Justicia dictaminó que “había que monitorearla”, y en caso de demostrarse la contaminación, debía de ser desmantelada.
Nada de eso ocurrió… y hoy, nos encontramos con una nueva disputa (aunque a menor escala) pero igual de importante.
Parece a nadie horrorizarle que a nuestro tan preciado río Gualeguaychú le desviaron el cauce, sólo para que un puñado de afortunados, pueda ingresar con su lancha hasta su lote en el barrio Amarras. Se trata no sólo de un insulto al ambiente, sino un descaro ante las medidas de la Justicia argentina que dijeron una y otra vez que las obras debían cesar y debía regresar “todo a su estado natural”.
¿Es posible restaurar un humedal? Parecería muy difícil, sobre todo si tenemos en cuenta la pésima predisposición que siempre ha mostrado la empresa Altos de Unzué respecto de los dictámenes de la Justicia.
Con la postura política de Gualeguaychú y Pueblo Belgrano, y con la desaparición física del abogado y ambientalista, Julio Majul, todo parece mostrarse más complejo.
Lo cierto, es que la justicia local, provincial y hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación fallaron en contra de este emprendimiento que avanzó sin licencia social y violando todo a su paso.
Algunos antecedentes a tener en cuenta
Para algunos será un dato conocido, mientras que otros se asombrarán de conocer, que así como se ve a este mega emprendimiento, la Corte Suprema de la Nación le ordenó a Altos de Unzué SA restaurar el Ecosistema en Gualeguaychú.
Después de años de litigio, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, respaldada por fallos del Superior Tribunal de Justicia provincial y de primera instancia, dictaminó que Altos de Unzué SA, la empresa encargada de la construcción debía "recomponer el ambiente in natura, es decir, devolver las cosas a su estado anterior" en un plazo de 180 días.
Sin embargo, cuatro años después del fallo, el ecosistema no solo no ha sido restaurado, sino que la empresa continúa alterando el curso natural del río Gualeguaychú para abrir un canal artificial, facilitando el acceso de lanchas de lujo y yates al country fluvial Amarras. Este proyecto ha sido promocionado por agentes inmobiliarios como el “Nordelta de Gualeguaychú”.
Inicios de la disputa legal
La controversia comenzó en septiembre de 2015 cuando el recordado Julio Majul, presentó una demanda ante la Justicia para detener las obras y reparar los daños ambientales causados desde 2012 por la construcción del country fluvial Amarras. La demanda se fundamentó en la afectación al medio ambiente actual y futuro, la violación de los principios preventivo y precautorio, y la colisión con derechos individuales y colectivos contemplados en la Constitución y la Ley General de Ambiente.
Respaldo vecinal y fallo de la Corte Suprema
En apenas 48 horas, la iniciativa de Majul obtuvo el respaldo de dos mil vecinos de Gualeguaychú, conformando un proceso de amparo ambiental colectivo. Tras una serie de fallos favorables y apelaciones, los amparistas presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema que, en 2019, determinó que “se llevaron a cabo acciones que dañaron el ambiente y que por su magnitud estos daños podrían resultar de difícil o imposible reparación”.
El fallo cuestionó que la propia consultora, en su Estudio de Impacto Ambiental (EIA), admitiera que el emprendimiento se ubicaba en un área protegida por la Ley Provincial Nº 8967, siendo una zona de humedales y en el valle de inundación del río. Se destacó “el impacto permanente e irreversible sobre el ambiente” causado por las obras de taludes, terraplenes y celdas con refulado.
Además, se señaló que desde la presentación del EIA en 2012 hasta su aprobación en 2015, la empresa realizó obras significativas incluso durante períodos de suspensión y a pesar de las protestas vecinales.
“Han pasado cuatro años desde el fallo de la Corte que les dio 180 días para desmantelar las obras y recomponer el ambiente, y aún no han hecho nada, incluso lo han destruido más. Es evidente que hay mucho dinero en juego. Me inclino a pensar que el narcotráfico y el lavado están detrás porque no encuentro otra explicación”, lamentó Majul en una de sus últimas entrevistas.
El caso de Altos de Unzué SA y el country fluvial Amarras sigue siendo un ejemplo de la lucha entre el desarrollo inmobiliario y la preservación ambiental, donde la justicia y la sociedad civil continúan vigilantes.
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