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Desde el municipio local se recuerda la plena vigencia de la Ordenanza N° 8366/88., mediante la cual se establece para época de período lectivo el horario de permanencia de menores en comercios con actividad nocturna.
De acuerdo con la misma, en los locales con juegos electrónicos, video-bares, confiterías y confiterías bailables, los menores de 13 años pueden permanecer hasta las 22, mientras que los menores de 13 a 17 años, tienen permitido estar en esos locales hasta las 24.
En la época de vacaciones estudiantiles y vísperas de feriados en los locales con juegos electrónicos el horario de permanencia de menores de 13 años es hasta las 22, mientras que hasta la medianoche lo pueden hacer quienes tengan entre 13 a 17 años.
En tanto, en video-bares, bares y confiterías, los menores de 13 años pueden estar hasta las 24, mientras que los menores de 13 a 17 años lo tienen permitido hasta las 2 de la madrugada.
En las confiterías bailables, por último, los menores de 13 años pueden estar hasta las 24, y los chicos de 13 a 17 años tienen permiso hasta las 3 de la madrugada.
Están exceptuados de los alcances de esta Ordenanza, los locales que se utilicen en oportunidad de realizarse eventos estudiantiles.
Claro está que los responsables de hacer cumplir estas disposiciones son los encargados de los comercios que están comprendidos en las mismas y que, aquellos que violen lo dispuesto por la Ordenanza, se harán pasibles a las penalidades establecidas las reglamentaciones vigentes.