Redacción EL ARGENTINO
El militar ruso fue detenido el 2 de agosto en un procedimiento de Gendarmería – Sección Puerto Unzué - en el Puente Internacional Libertador General San Martín. En el sector de Migraciones saltó el aviso de que este hombre, identificado como Román Tarada, tenía un pedido de captura con fines de extradición cargado en el sistema de Interpol.
El viernes pasado, la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná resolvió “rechazar el recurso de apelación deducido por la defensa de Román Tarada y, en consecuencia, confirmar la resolución del 12 de agosto, en cuanto no hace lugar a la excarcelación del nombrado, bajo ningún tipo de caución…”.
Los magistrados tuvieron en cuenta para negarle la extradición que “la elevada cuantía punitiva prevista para el delito por el cual es requerido el nombrado, el cual surge de la alerta roja emitida por Interpol, que sería la figura de “Abuso de autoridad con consecuencias graves, previsto y sancionado en la Sección 3, artículo 285 del Código Penal ruso”, con pena máxima aplicable de 10 años; y que el mismo se encontraba “prófugo buscado para proceso penal”, solicitado por la República Federativa de Rusia”.
La defensa pública refirió que “no se valoró la situación de solicitante de refugio en nuestro país de Román Tarada. Explicó las condiciones personales del nombrado, haciendo énfasis en que por su preparación militar se vería obligado a participar del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania; y que el mismo no quiere participar por motivos morales y personales. Remarcó las consecuencias que acarrearía para Román Tarada dicha negativa”.
La Cámara expresó que “tratándose de un proceso de extradición, tal peligro procesal queda ceñido a evitar que el extraditable se sustraiga de la acción de la justicia, impidiendo que se efectivice su traslado a la República Federativa de Rusia -en caso de corresponder- e imposibiliten al Estado Argentino de cumplir con sus compromisos internacionales asumidos mediante Ley de Cooperación Internacional en materia penal –N° 24.767”.