Redacción EL ARGENTINO
En 2015, la jueza Elena Liberatori dictó una resolución histórica: reconoció a la orangutana Sandra como “persona no humana”, marcando un precedente jurídico sin fronteras. El fallo, emitido en el fuero contencioso administrativo y tributario de la Ciudad de Buenos Aires, cuestionó la clasificación legal de los animales como “cosas semovientes” y abrió el debate sobre su condición de sujetos de derecho.
Cambio de paradigma y resonancia internacional
A diez años del fallo, Liberatori —con raíces familiares en Entre Ríos— reafirma que el caso de Sandra fue “el inicio de una transformación profunda en la mirada jurídica y social”. Su jurisprudencia ha sido citada por magistrados en India y otros países, consolidando a Argentina como pionera en el reconocimiento legal de los animales como seres sintientes. “Los animales tienen emociones, sufren, se vinculan. La ciencia lo demuestra, y el derecho debe acompañar ese conocimiento”, expresó la jueza.
Reformar el Código Civil: una urgencia ética
Durante una charla organizada por el Colegio Público de la Abogacía de CABA, Liberatori insistió en la necesidad de modificar el Código Civil y Comercial para dejar atrás el paradigma de explotación. Señaló que prácticas como la equinoterapia deben contemplar no solo el beneficio humano, sino también el bienestar del animal colaborador. “Hoy el vínculo con los animales está atravesado por el dominio. Es hora de construir una relación basada en el respeto y la reciprocidad”, sostuvo.