Redacción EL ARGENTINO
En el marco de la acción judicial que impulsan los diputados nacionales Guillermo Michel y Marianela Marclay, y el senador Adán Bahl, los legisladores realizaron una nueva presentación ampliando las medidas probatorias y solicitando la declaración testimonial de los principales responsables de la CARU, Raúl Luis Montero y Francisco Mansanta.
“Entendemos que la salida a este conflicto es la aplicación de la ley y lo que estamos haciendo es lo que debería hacer Frigerio. La justicia terminará haciendo el trabajo que la gestión provincial evita”, manifestó Michel.
Asimismo, señaló: “En esa línea, nosotros seguimos profundizando este camino de actuar preventivamente, solicitar medidas a la Justicia, generar pruebas y difundir información, siempre a luz de la normativa vigente dada por el Estatuto del Río Uruguay y la jurisprudencia de la Corte Internacional de La Haya en el caso ‘Botnia-UPM’”.
Además, pidieron dos medidas claves: que la Justicia designe a un perito biólogo de oficio y se reservaron la facultad de designar un consultor técnico de parte para que lleve a cabo las tareas técnicas periciales. La intención es consensuar el nombre del profesional con los vecinos de Colón.
Los legisladores del peronismo solicitaron también una batería de medidas:
1) A la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA) del Ministerio de Ambiente de la República Oriental del Uruguay a los fines de que remita:
a) informe fecha de presentación ante la autoridad competente de la “solicitud de autorización ambiental previa” efectuada por la empresa HIF URUGUAY SA y/o HIF Global LLC y/o sus subsidiarias o empresas vinculadas, del proyecto de planta de “e-Combustibles” en Paysandú, República Oriental del Uruguay.
b) copia certificada de la “solicitud de autorización ambiental previa” presentada por la empresa HIF URUGUAY SA y/o HIF Global LLC y/o sus subsidiarias o empresas vinculadas, del proyecto de planta de “e-Combustibles” en Paysandú, República Oriental del Uruguay.
c) copia del “Estudio de Impacto Ambiental (EsIA)” presentada por la empresa HIF URUGUAY SA. y/o HIF Global LLC y/o sus subsidiarias o empresas vinculadas, del proyecto de planta de “e-Combustibles” en Paysandú, República Oriental del Uruguay.
2) A la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) a los fines de que informe:
a) si se ha informado a dicho organismo el proyecto de planta de “e-Combustibles” en Paysandú, República Oriental del Uruguay por parte de la empresa HIF URUGUAY SA. y/o HIF Global LLC y/o sus subsidiarias o empresas vinculadas.
b) si la empresa HIF URUGUAY SA. y/o HIF Global LLC y/o sus subsidiarias o empresas vinculadas, ha presentado ante dicha comisión el Estudio de Impacto Ambiental Transfronterizo del proyecto de planta de “e-Combustibles” en Paysandú, República Oriental del Uruguay.
3) Al Registro Nacional de Comercio (RNC), el cual depende de la Dirección General de Registros (DGR) del Ministerio de Educación y Cultura de la República Oriental del Uruguay a los fines de que informe:
a) Dirección legal de la empresa HIF URUGUAY SA.
b) Dirección legal de la empresa HIF Global LLC.
c) Envíe copia del legajo societario, composición societaria, y todos los datos concernientes a la empresa HIF URUGUAY SA y/o HIF Global LLC y/o sus subsidiarias o empresas vinculadas, que obren en su poder.
4) al Banco Central del Uruguay para que informe Beneficiarios Finales, según la Ley 19.484, de HIF URUGUAY SA. y/o HIF Global LLC y/o sus subsidiarias o empresas vinculadas.