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La CGT presentó un amparo para frenar la Reforma Laboral

Después de la advertencia en la marcha al Palacio de Tribunales, la central obrera recurrió a la Justicia para ponerle un freno a “la mal llamada Modernización Laboral”.

Viernes, 6 de Marzo de 2026, 16:19

Redacción EL ARGENTINO

A horas de ser promulgada la Reforma Laboral, la CGT presentó ante la Justicia Federal una medida de amparo que pretende ponerle un freno a la entrada en vigencia de esa norma que retrotrae derechos de los trabajadores.

 

La presentación hizo efectiva la advertencia que la central obrera había anunciado frente al Palacio de Tribunales el lunes pasado, durante una masiva movilización en la que se denunció el carácter “inconstitucional” de esa norma.

 

El planteo recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7 a cargo de Fernando Lavie Pico, quien deberá resolver si hace lugar o no al pedido que podría frenar la cuestionada ley.

 

Precisamente, una de las advertencias que se hace en el escrito es que la medida promulgada esta mañana no sólo atenta contra la existencia del fuero laboral (porque traspasa los casos a la Justicia porteña) sino que, además, intentará eliminar el Contencioso Administrativo federal.

 

 

 

Uno de los ejes clave del amparo puntualiza en la colisión que varios puntos de “la mal llamada Modernización Laboral” comete contra distintos artículos de la Carta Magna, particularmente el 14 bis en materia de protección contra despidos arbitrarios, derecho a la huelga, la negociación colectiva, libre agremiación, libertad sindical y seguridad social, entre algunos.

 

También, añadió la central a través de un comunicado, avanza contra los principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y del Pacto de San José de Costa Rica, que tienen rango constitucional.

 

Según la CGT, la ley 27.802 “significa una afectación grave de derechos colectivos e individuales, que violan expresamente principios constitucionales”. Vulnera el principio de Progresividad y/o No Regresión sobre derechos adquiridos que rige en la legislación nacional.

 

 

 

También hay otros artículos cuya constitucionalidad fue puesta en duda por atentar contra los derechos sindicales. Entre ellos, el que amplía las actividades “esenciales” a fin de ponerle un coto a la adhesión a medidas de fuerza.

 

Otro cuestionamiento se lo llevan los artículos 133, que restringe el derecho de realizar asambleas en los ámbitos y horarios laborales; el 134, que redefine como “infracciones muy graves” los bloqueos a empresas como forma de protesta; el 141 que habla de “prácticas desleales” sobre la convocatoria de asambleas; y los artículos 142 y 143, que habilitan a iniciar acciones judiciales por esas “prácticas desleales”. (Fuente: Página12)