Redacción EL ARGENTINO
Un fallo de la Cámara de Casación Penal de Paraná desestimó por inadmisible el amparo ambiental presentado por vecinos de Costa Grande, en el departamento Diamante, que cuestionaba la extracción y el uso de la broza para rutas y calles. El grupo había solicitado la suspensión inmediata de esas actividades hasta contar con estudios científicos que confirmaran la inocuidad del material y, además, la nulidad del certificado de aptitud ambiental otorgado por el gobierno provincial a la empresa Gassmann.
El juez Gustavo Román Pimentel sostuvo que los actos administrativos cuestionados habían seguido el procedimiento reglamentario, con informes técnicos y participación ciudadana, y que no existía un vicio de ilegitimidad que justificara la intervención judicial. “No puede el Poder Judicial asumir funciones propias del Ejecutivo, cuyos actos se presumen legítimos”, remarcó en su resolución.
La Fiscalía de Estado celebró la sentencia. El fiscal adjunto Martín Rettore señaló que el expediente administrativo incluyó todas las instancias de control y participación. Además, destacó que los vecinos no utilizaron los recursos previstos por la Ley de Procedimientos Administrativos para impugnar el certificado ambiental, lo que refuerza la validez del acto.
Los demandantes, patrocinados por la abogada Alda Sasia, habían planteado también la necesidad de estudios epidemiológicos independientes y de un plan de remediación para las zonas ya intervenidas. Sin embargo, la Justicia concluyó que la vía procesal elegida no reunía los requisitos de admisibilidad ni de procedencia.