Gualeguaychú

Deudores alimentarios: el derecho infantil que se posterga todos los meses

En Gualeguaychú, como en gran parte del país, el incumplimiento de la cuota alimentaria es una forma persistente de violencia económica. Abogadas locales advierten que los mecanismos judiciales existen, pero no siempre son efectivos frente a la informalidad laboral y la falta de voluntad.

Lunes, 6 de Octubre de 2025, 6:01

Redacción EL ARGENTINO

En Argentina, aproximadamente el 68% de los progenitores no convivientes incumple con el pago de la cuota alimentaria. En Entre Ríos, organizaciones como los Centros de Acceso a la Justicia (CAJ) advierten que la falta de pago de la cuota alimentaria es una problemática frecuente. En Gualeguaychú, la falta de cumplimiento se agrava en contextos de informalidad laboral y vulnerabilidad económica, según testimonios de abogadas locales. Es que en muchos casos las mujeres cuidadoras reciben cuotas mínimas o deben sostener solas la crianza. En menor medida, hay casos de mujeres que son, también, deudoras alimentarias.

 

 

Inicio del reclamo

 

EL ARGENTINO consultó con la abogada especializada en familia Vanina Gutiérrez, integrante de Centro Legal Gualeguaychú, sobre cómo se inicia un reclamo por cuota alimentaria. “No existe una regla general aplicable a todos los reclamos por cuota alimentaria, lo primero que evaluamos es el tipo de cuidado que se ejerce sobre el niño o niña: si es exclusivo, compartido o alternado. Esto es clave para determinar cómo se distribuyen las responsabilidades entre los progenitores”.

 

En ese sentido, señaló que actualmente el INDEC publica mensualmente la Canasta de la Primera Infancia, que establece parámetros según la edad y contempla tanto bienes y servicios como el valor del cuidado que brinda el adulto responsable. “Una vez definido el tipo de cuidado, se asesora sobre el procedimiento para reclamar la cuota alimentaria. El primer paso es iniciar una mediación prejudicial obligatoria”, explicó la profesional.

 

 

“El deber alimentario se desprende de la responsabilidad compartida entre ambos progenitores. Cada uno debe garantizar el bienestar integral de sus hijos e hijas”, indicó, en tanto, la doctora Natalia Gómez. “Cuando uno de los progenitores no convive ni realiza tareas de cuidado cotidianas, es quien debe abonar la cuota alimentaria, que se extiende hasta los 21 años”.

 

Por otro lado, Gutiérrez remarcó que “el interés superior del niño debe primar en todo momento. No se trata de cosificar ni de calcular cuánto vale el cuidado, sino de garantizar derechos”. También indicó que es necesario contar con patrocinio legal, aunque en casos de personas sin recursos, se puede recurrir a la Defensoría.

 

“Si en la mediación se alcanza un acuerdo, se presenta ante el juzgado para su homologación. En todos los casos, es fundamental que la parte que ejerce los cuidados pueda expresar su pretensión en un marco de respeto y protección”, afirmó.

 

 

Cuando el progenitor no cumple

 

La doctora Gómez se refirió a la importancia de la cuota alimentaria, que debe cubrir todas las necesidades básicas: alimentación, educación, salud, vivienda, ropa y esparcimiento. Pero, sin embargo, “en la práctica, toda cuota resulta insuficiente, el progenitor conviviente destina todos sus ingresos al cuidado, mientras que el no conviviente aporta un monto que muchas veces no alcanza”.

 

Ante la consulta sobre qué sucede cuando el progenitor obligado no cumple con la cuota alimentaria, Gutiérrez explicó que, si se logra un acuerdo en la instancia de mediación, este debe ser homologado por el juzgado. “En caso de incumplimiento, se pueden solicitar medidas judiciales que obliguen al cumplimiento”, apuntó.

 

En los casos en que el progenitor trabaja en relación de dependencia, el procedimiento es más directo: “Se realiza un oficio al empleador, se traba un embargo y se retiene mensualmente el monto correspondiente desde el recibo de sueldo, que se deposita en una cuenta judicial abierta por el juzgado”, detalló Gutiérrez a EL ARGENTINO. Sin embargo, el principal obstáculo aparece cuando el progenitor no tiene empleo formal ni bienes registrables. “Ahí hablamos de progenitores insolventes. En esos casos, los mecanismos disponibles son la inhibición general de bienes, la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, la prohibición de salir del país, la suspensión de la licencia de conducir y otras medidas restrictivas”, indicó la abogada consultada.

 

Asimismo, advirtió que “aunque se apliquen todas estas medidas, muchas veces el incumplimiento persiste”, por lo que “se pueden citar a otros familiares, como abuelos o tíos, en la instancia de mediación y eventualmente fijar una cuota alimentaria a su cargo, según el grado de parentesco y lo que establece la ley”.

 

 

Freno a los deudores alimentarios

 

Entre Ríos cuenta con un Registro de Deudores Alimentarios Morosos, creado por la Ley 9.424 en 2002. Este registro incluye a quienes adeuden tres cuotas consecutivas o cinco alternadas en un año. En 2024, más de 300 personas estaban inscritas como deudores en la provincia y la mayoría eran varones.

 

La diputada provincial Lorena Arrozogaray presentó un proyecto de modificación de la Ley 9.424 que busca reforzar las sanciones a quienes incumplen con el deber, estableciendo nuevas restricciones en ámbitos recreativos y de esparcimiento.

 

“Si alguien elige no cumplir con su obligación más elemental, que es la de sostener a sus hijos, no puede después destinar recursos a entradas de espectáculos o apuestas en un casino. La responsabilidad parental debe estar por encima de cualquier gasto superfluo”, afirmó Arrozogaray diálogo con EL ARGENTINO.

 

La propuesta incorpora a la normativa vigente la prohibición de ingreso a espectáculos culturales y deportivos pagos, y la restricción de acceso a salas de juego y casinos de la provincia para los deudores. “Estas medidas complementan las que ya establece la ley actual”, detalló la diputada. Quien, además, explicó que el objetivo es crear un marco legal más contundente, que visibilice la responsabilidad parental y evite que los recursos se destinen a actividades recreativas mientras se incumplen obligaciones esenciales.

 

“Queremos enviar un mensaje claro: el derecho de niños, niñas y adolescentes a recibir alimentos debe ser prioridad. Con esta ley, fortalecemos las herramientas para garantizarlo”, sostuvo la legisladora entrerriana.

 

 

El trabajo desde una perspectiva de género

 

 

Desde su experiencia como abogada especializada en familia, Vanina Gutiérrez aseguró que “el juzgado trabaja con perspectiva de género y prioriza el interés superior del niño al momento de dictar sentencia”. Sin embargo, advirtió que “los tiempos judiciales no siempre acompañan la urgencia de quienes ejercen los cuidados cotidianos”. En ese sentido, señaló que “se trata de una forma de violencia económica y simbólica, que opera como represalia hacia quien ejerce los cuidados”.

 

“Muchas veces se pierde de vista que los más afectados son los niños y niñas. El Estado debería acompañar con políticas públicas que incluyan talleres obligatorios para quienes incumplen, para que comprendan el daño que generan”, sostuvo. También propuso fortalecer la articulación con áreas municipales y mejorar la capacitación en perspectiva de género.

 

Desde su experiencia profesional en el ámbito privado y público, Natalia Gómez, abogada y estudiante avanzada de Ciencia Política, reflexionó: “Muchas veces tengo que explicarle a un varón por qué debe pagar cuota alimentaria. Esa exclusión viene del sistema. Hasta hace poco, un padre no podía presenciar el parto en un hospital público. En la escuela, aunque se invita a ambos progenitores, muchos padres no asisten. Todo está asociado a la mujer como única responsable del cuidado. Me acuerdo de un cartel en el Hospital Centenario que decía: ‘Mamás, por favor tramitar el DNI de sus hijos’. Esa frase me hizo reflexionar profundamente. La carga está puesta siempre en ellas”.

 

“El sistema no solo excluye a los padres, también refuerza la feminización del cuidado. La mujer es vista como jefa de hogar, como responsable social de los hijos. En los sectores más vulnerables, esto se agrava: ya no se trata de mantener la calidad de vida, sino de garantizar necesidades básicas”, indicó Gómez. Y desde su doble rol profesional y académico, propuso repensar las políticas públicas con perspectiva de género: “Hace falta incorporar a los varones en las tareas de cuidado desde el diseño institucional. No alcanza con sancionar el incumplimiento, hay que transformar las prácticas, los mensajes y las estructuras que siguen asociando el cuidado exclusivamente a las mujeres”.

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