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La AFIP explicó que se encuentran obligados a cumplir con este régimen "los sujetos que administren, gestionen, intermedien o actúen como oferentes de locación temporaria de inmuebles de terceros con fines turísticos".
Y advirtió que quienes no cumplan con este régimen serán sancionados con multas e inhabilitaciones.
La AFIP justificó esta medida al señalar que el nuevo régimen "contribuye a optimizar la acción fiscalizadora de este organismo y el control de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes y responsables".